Lo condenan a ocho años de prisión efectiva por abusar de la hija de su pareja

22/03/2021

A ocho años de prisión efectiva resultó condenado un sujeto por el delito de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por la guarda y por la convivencia preexistente.

El imputado de 37 años fue denunciado por su pareja. La mujer señaló que convivía con M. M. F. L. y que ella tenía hijos fruto de una relación anterior, entre ellos una niña de 8 años de edad. El día que se enteró acerca de los abusos fue a través de su hijo de 15 años, que la llamó para decirle que había encontrado a su hermanita llorando y que, al preguntarle qué le pasaba, le dijo que su padrastro la manoseaba y le hacía ver pornografía.

La denunciante supo luego por su hija que M. M. F. L. venía sometiéndola a esos abusos desde que ella tenía cuatro años. El imputado aprovechaba para tocarle a la niña sus partes íntimas cuando la madre se iba a trabajar y él se quedaba al cuidado de los menores.

Otra de las hijas de la denunciante, de cinco años de edad, alcanzó a ver cuando su padrastro tocaba a su hermana y le mostraba videos de contenido sexual, pero él le pidió que no contara nada porque si no su mamá lo iba a retar. A la víctima, en cambio, le decía que no hablara porque si no él iba a ir preso.

El juez Roberto Faustino Lezcano, vocal de la Sala IV del Tribunal de Juicio, ordenó el inmediato traslado del condenado a la Unidad Carcelaria 1 y recomendó que realice tratamiento psicoterapéutico por la naturaleza del hecho por el cual resultó condenado. También dispuso que se le extraigan muestras de ADN para su inscripción en el Banco de datos genéticos.

Nota: Se omitió el nombre completo de las personas involucradas para preservar la identidad de la menor y su derecho a la intimidad y confidencialidad, en virtud de la Convención de los Derechos del Niño (artículo 75, inciso 22 de la Constitución Nacional, Ley 23849) y las Leyes 26061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y 26522 de Servicio de Comunicación Audiovisual.
fuente: justicia salta

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