Locales de cobros de boletas de servicios e impuestos tienen prohibido el cobro de un plus

16/10/2020

En virtud de preservar los derechos de los consumidores las entidades extra bancarias (Rapipagos, Cobro Express y similares) no podrán en ningún caso, imponer el cobro de plus, cargos o sumas adicionales de dinero en un monto fijo, variable o porcentajes, a consumidores y usuarios respecto de los impuestos, servicios, facturas o cualquier tipo de recaudación por cuenta de terceros, cualquiera sea la modalidad de cobro.

Esta acción es considerada práctica abusiva según el art. 8 bis de la ley N°24.240.

Asimismo, se obliga a dichas empresas mediante la resolución provincial a exhibir un cartel informando dicha prohibición en la línea de caja y en el ingreso del local, además en la carcelería se informa la precaución de guardar el ticket y el sitio donde formalizar la denuncia www.salta.gob.ar/defensadelconsumidor

Las entidades extra bancarias deberán imprimir el cartel de la página oficial de Defensa del Consumidor www.consumisdorsalta.gob.ar ya que la Secretaría realizará los controles pertinentes para corroborar su correcta exhibición, como así también, lo que respecta del cobro de plus, según informó la titular del organismo, María Pía Saravia y agregó que “de detectarse estas conductas se le podrían aplicar multas que alcanzan hasta los 5 millones de pesos”.

La medida fue tomada debido a la persistencia de dichas empresas de continuar con esta práctica abusiva a pesar de las actas de infracción labradas y de las denuncias realizadas por los consumidores. Cabe destacar que en otras provincias se observó la misma conducta por parte de dichas empresas

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