No se deben difundir imágenes de niños alojados en hogares y residencias

16/07/2020

El juez de Personas y Familia de Primera Instancia Sexta Nominación Daniel Canavoso hizo lugar hoy a una medida cautelar de protección de persona solicitada por la Asesoría de Incapaces 4 disponiendo que medios y páginas webs se abstengan de difundir imágenes de niños y niñas que estuvieran alojados en cualquiera de los hogares, centros de alojamiento o residencias en las que habitaran.

Recordó el juez en consecuencia la necesidad de resguardar el superior interés de los niños, niñas y adolescentes allí alojados, proteger su integridad psicofísica y su intimidad de conformidad con lo previsto por el artículo 53 del Código Civil y Comercial y el artículo 16 de la Convención de los Derechos del Niño.

La medida fue solicitada por la asesora de incapaces 4 en razón de la difusión de imágenes con motivo de la presunta aparición de un caso sospechoso de COVID-19 en un hogar. En dichas imágenes aparecían niños perfectamente identificables.

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