Una jueza recomendó al Ministerio de Educación capacitar a directivos y docentes de la escuela 5096 de Cafayate en materia de género
04/03/2020
“Me tocó”, dijo la alumna de una escuela de nivel secundario de Cafayate apenas volvió a su asiento después de haber pasado al frente para dar lección oral. Con esas dos palabras resumió lo que había sufrido cuando se paró al lado del escritorio del docente quien, aprovechando que estaba semicubierto por un portafolio, tocó a la niña en sus pechos por encima de la ropa.
La niña quedó llorando en el aula, rodeada por sus compañeras, durante el recreo mientras el docente se iba a tomar un café. Y a partir de ese momento, convertida de alumna en víctima, la niña transitó todas las instancias de la revictimización.
Al punto que en el período lectivo siguiente tuvo que acudir a una acción de amparo para poder inscribirse fuera de término en otra institución educativa al advertir que el docente responsable del delito seguía dando clases, aunque asignado a otra materia como única medida precautoria adoptada por el Ministerio de Educación de la Provincia y por los directivos escolares.
En ese período la niña fue objeto de ataques incluso por redes sociales y medios de comunicación locales que pusieron en duda el relato de la víctima.
Pero fue hoy, durante la última audiencia del juicio oral y público que se realizó en la Ciudad Judicial que el docente Claudio Ernesto Condorí pidió ampliar su declaración. Y allí, en el banquillo de los acusados, admitió haber tocado a la niña, hoy mayor de edad. Y se mostró arrepentido por el daño psicológico causado.
El juicio fue llevado adelante por la jueza de la Sala II del Tribunal de Juicio Victoria Montoya que condenó al docente a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional como autor del delito de abuso simple agravado por ser el acusado encargado de educación. La jueza le impuso al condenado reglas de conducta que deberá cumplir durante tres años.
Y allí mismo ordenó también librar oficio al Ministerio de Educación de la Provincia con copia de la sentencia condenatoria recomendando, además, la urgente capacitación de los directivos de la escuela 5096 en el tratamiento de víctimas de delitos contra la integridad sexual y violencia de género (Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, ONU 1979; Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra las Mujeres, OEA 1994; Ley 26485 (2009) y de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los Ámbitos en que Desarrollen sus Relaciones Interpersonales; Ley Provincial 7403 (2006) de Protección de Víctimas de Violencia Familiar; Ley Provincial 7888 (2015) Protección contra la Violencia de Género).
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