Aún preso, deberá aportar una cuota alimentaria a su esposa

12/11/2019

Con la asistencia del Ministerio Público de la Defensa se logró sentencia favorable para una mujer que estuvo casada durante 42 años con un violento. El hombre se encuentra privado de su libertad tras haber sido denunciado por ella. Jamás le permitió trabajar. Ella, además, se encuentra enferma de varias dolencias.

La defensora oficial N° 1, Rosa Verónica Orellana, logró sentencia favorable para el caso de una mujer que solicitaba que su esposo le cediera el 50% de sus ingresos en concepto de cuota alimentaria, luego de que él resultara preso por hechos de violencia en su contra.

El hombre es beneficiario de una pensión no contributiva, aunque ella lo desconocía.

Ambos estuvieron juntos durante 42 años. Durante ese lapso se casaron, se divorciaron y se volvieron a casar. Tienen 5 hijas en común y, según refirió todo el grupo familiar, el hombre instauró desde siempre “un sistema de terror” y “de constante zozobra”.

Tanto es así que, en el fuero penal, se le sigue una causa caratulada como “Supresión/Privación ilegítima de la libertad”.

Además, en su demanda, la defensora Orellana planteó que, sumado a un importante desequilibrio emocional, la mujer padece múltiples enfermedades. Se cuentan entre ellas: bocio multinodular tóxico, hipertiroidismo, osteopenia lumbar, insuficiencia cardíaca diastólica, hipertensión y tendinitis en el brazo derecho.

“La accionante se ve en la necesidad imperiosa de promover la presente acción en razón del delicado estado de salud, edad avanzada y falta de experiencia laboral, por lo que le resulta sumamente dificultoso obtener una entrada económica para vivir dignamente, sumado a ello la exposición de vivencias traumáticas de violencia que generaron una afectación seria en su autoestima”, señaló Orellana.

Por su parte, el Tribunal de Juicio valoró, entre otras cuestiones, que “la mujer, por la atención de la familia, se ha visto impedida de forjarse una situación laboral que le hubiera permitido su subsistencia independiente” y que “no pueden dejarse de tomar en cuenta, entonces, las importantes funciones que sin duda ha cumplido la alimentada como esposa y también como madre en la educación y crianza de los hijos del matrimonio”.

Además, consideraron los jueces “la edad de la peticionante (…), lo que excede en promedio la edad de ingreso al mercado laboral, dificultándose la posibilidad de conseguir un empleo bien remunerado, como así también el delicado estado de salud de la actora, acreditado en autos (…)”

Más sobre: Judiciales.

Noticias relacionadas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Subir