Promueven el uso sustentable de la vicuña para el desarrollo de comunidades originarias

28/08/2019

Fue aprobado el cambio de categoría para el aprovechamiento de la vicuña en silvestría, propuesto por la provincia de Salta. Esto permitirá el uso exclusivo de este recurso natural por parte de las comunidades originarias del área de distribución de esta especie.

La Conferencia de las Partes de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), aprobó unánimemente la propuesta hecha por Salta para el cambio del apéndice I a apéndice II, en relación al aprovechamiento de la vicuña en silvestría. La modificación permite el uso exclusivo de este recurso natural por parte de las comunidades originarias del área de distribución de esta especie.

El manejo de vicuñas (Vicugna vicugna) es un modelo de potencial uso sostenible, con buenas prácticas, puede integrar la conservación de la especie y su hábitat con el desarrollo local. La vicuña es una especie clave del ambiente puneño y altoandino por su valor biológico-cultural, y por poseer una de las fibras más finas del mundo.

La proposición fue presentada por el programa Biodiversidad de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, con colaboración de la subsecretaría de Agricultura Familiar, INTA y miembros de la Mesa de Vicuña Provincial.

El resultado obtenido es el fruto de siete años de trabajo que permitieron conocer el estado poblacional de la Vicuña, a través de relevamientos y actividades orientadas a la conservación. De acuerdo a los estudios la abundancia mínima de vicuñas en Salta desde 2006 a 2018 se triplicó en las áreas que se compararon.

De las tareas participaron las comunidades originarias de los departamentos de Los Andes, La Poma Norte, Santa Victoria e Iruya, principales beneficiarios de este recurso natural.

Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres

La CITES (Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres), es un acuerdo internacional concertado entre los gobiernos. Tiene por finalidad velar para que el comercio internacional de especímenes de animales y plantas silvestres no constituya una amenaza para su supervivencia.

Cada dos a tres años la Conferencia de las Partes (CoPs) se reúne para examinar la aplicación de la convención. En las reuniones las partes examinan los progresos realizados en la conservación de especies incluidas en los apéndices, analizan propuestas para enmendar las especies incluidas en los apéndices I y II; examinan documentos y recomiendan medidas para mejorar la eficacia de la convención.

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