Diputados: acta de labor parlamentaria

04/06/2018

Los Presidentes de los Bloques Políticos, elevaron al Presidente de la Cámara de Diputados, Dr. Manuel Santiago Godoy, los siguientes proyectos para incorporarlos en el Acta de Labor Parlamentaria para la Sesión Ordinaria del día 5 de junio en el siguiente orden:

I. PODER EJECUTIVO

Mensaje y proyecto de Ley. Expte. 91-39.294/18.

Modificar los artículos 15, 17, 18, 20 bis, 110, 111, 159, 162 y 172; e incorporar los artículos 76 bis y 173 bis en el Código Fiscal, incorporando al ámbito material del Impuesto a las Actividades Económicas el comercio electrónico ejercido por los sujetos que venden bienes y/o servicios en nuestra Provincia a través de medios digitales.

Sin dictámenes de las Comisiones de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.

II. SENADO

Proyecto de Ley en Revisión: Expte. 90-26.673/17.

Modificar los artículos 1º y 2º de la Ley 7971.

Sin dictámenes de las Comisiones de Obras Públicas; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.

III. DIPUTADOS

1. Proyecto de Ley en Revisión: (Bloque Justicialista). Exptes. 90-26.078/17 y 91-38.209/17 (unificados).

Declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble identificado con la Matrícula Nº 7848 del departamento General Güemes, para ser adjudicado a sus actuales ocupantes.

Con dictámenes de las Comisiones de Obras Públicas; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.

2. Proyecto de Ley. Autor: Santiago Godoy (Bloque Justicialista). Expte. 91-38.346/17.

Crear el Fondo Provincial de Recompensas en el ámbito del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Justicia de la provincia de Salta.

Sin dictámenes de las Comisiones de Justicia; de Derechos Humanos; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.

Breve Síntesis: El presente Proyecto de Ley tiene como objeto la creación del Fondo Provincial de Recompensa en el ámbito del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Justicia del Poder Ejecutivo Provincial, con el objeto de abonar una compensación dineraria a aquellas personas que sin haber intervenido en la comisión del delito, brinden datos útiles para obtener la libertad de la víctima, preservar su integridad física, o lograr la aprehensión de quienes hubiesen formado parte de la comisión del delito que por su gravedad, complejidad o repercusión pública justifiquen la recompensa para el suministro de la información.

3. Proyecto de Ley. Autora: Silvia Varg (Bloque Un Cambio para Salta). Expte. 91-39.177/18.

Modificar el art. 10 de la Ley 7403 de Protección de Víctimas de Violencia Familiar.

Con dictámenes de las Comisiones de Derechos Humanos; de la Mujer; de Justicia; y de Legislación General.

Breve Síntesis: El presente proyecto de ley plantea la urgencia de preservar a quienes fueron víctimas de violencia, de tomar todos los recaudos frente a la posibilidad de un nuevo ataque al agresor. Las estadísticas demuestran que cuando cesa la detención del victimario o condenado, en muchas oportunidades se producen reincidencia de violencia, que en la mayoría de los casos ha llegado al femicidio, con un total de 292 mujeres asesinadas en el año 2017 en el país y específicamente 24 muertes en la provincia de Salta, con un promedio de una mujer asesinada cada 27 horas. Pocas veces se dispone que los liberados sean monitoreados con un dispositivo electrónico, razón más que suficiente para que deban adoptarse medidas tendientes a garantizar a la mujer a los niños y niñas y a los adolescentes su protección, seguridad y la tutela efectiva de sus derechos.

4. Proyecto de Ley. Autora: Gladys Paredes (Bloque Frente para la Victoria). Expte. 91-38.999/18.

Ejercicio Profesional de Obstétricas/os y Licenciados en Obstetricia de la provincia de Salta.

Con dictamen de la Comisión de Salud; y sin dictamen de la Comisión de Legislación General.

Breve Síntesis: El principio fundamental para sancionar una ley es darle un marco regulatorio legal al ejercicio de una actividad profesional, en una provincia donde no existe tal. Actualmente en la provincia de Salta el ejercicio de la profesión se limita al “cumplimiento” de la Ley 17.132 del año 1967, ley obsoleta para el ejercicio de la profesión Obstétrica y siendo ésta actualmente, la única Ley de un gobierno de facto que aún sigue en vigencia. La creación de colegios profesionales que regulan el ejercicio de las diferentes profesiones relacionadas con el “arte de curar” han hecho luz sobre la regulación y el ejercicio legal de las mismas. En Salta, no contamos con Colegio Profesional ni con Ley, encontrándonos en un vacío legal importante. La actividad es regulada y está supeditada al Ministerio de Salud Pública, quien se ha expedido con la aprobación de las incumbencias profesionales de obstétricas y licenciadas en obstetricia con la resolución 0620/2017 para el ejercicio profesional y otorgamiento a través de RRHH de la matrícula profesional.

5. Proyecto de Declaración. Autor: Sergio Cisneros (Bloque Justicialista). Expte. 91-39.028/18.

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial y los señores Legisladores Nacionales por Salta, realicen las gestiones necesarias para la apertura de una sede de la UNSa en la ciudad de Cafayate.

Con dictamen de la Comisión de Educación.

6. Proyecto de Ley. Autor: Martín de los Ríos (Bloque Cambiemos PRO). Expte. 91-39.235/18.

Establecer el beneficio de la promoción de los hábitos de vida saludable.

Sin dictámenes de las Comisiones de Salud; de Educación; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.

Breve Síntesis: Los hábitos de vida saludable se adquieren durante los primeros años de vida. Si bien se pueden cambiar después, esto es dificultoso. Por lo tanto es necesario enseñar a los niños de las escuelas salteñas, públicas y privadas, los hábitos de vida saludable. Para ello se debe capacitar a los docentes, a las autoridades de control y a toda la población. Solamente la concientización de toda la ciudadanía llevará a incrementar los hábitos de vida saludable y enfermedades cardiovasculares y disminuir la tasa de morbimortalidad debida a estas patologías.

7. Proyecto de Declaración. Autores: Héctor Chibán y Mario Mimessi (Bloque Unión Cívica Radical). Expte. 91-38.929/18.

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional, evalúe la posibilidad de asignar una asistencia económica a la provincia de Salta, con destino a obras de infraestructura para mejorar la provisión de agua potable.

Con dictamen de la Comisión de Obras Públicas y sin dictamen de la Comisión de Hacienda y Presupuesto.

8. Proyecto de Ley. Autor: Iván Mizzau (Bloque Creer). Expte. 91-39.140/18.

Crear el Área de Oncología permanente en todos los Hospitales de Nivel III - Alto Riesgo, de la provincia de Salta.

Sin dictámenes de las Comisiones de Salud; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.

Breve Síntesis: El objeto del presente proyecto de Ley es garantizar el acceso al diagnóstico y tratamiento a los pacientes oncológicos de manera más humana, dado que muchos deben recorrer cientos de kilómetros hasta la ciudad capital para contar con la asistencia profesional ante su enfermedad. Teniendo en cuenta el trastorno psicológico que conlleva el diagnostico por sí mismo y además las consecuencias físicas y emocionales que genera el tratamiento debiendo muchas veces ante estas situaciones permanecer por varios días en la capital incurriendo en gastos de traslado, alojamiento y alimento, no solo para el paciente sino también para el que lo acompañe.

9. Proyecto de Ley. Autor: Matías Posadas (Bloque Frente Plural). Expte. 91-39.096/18.

Modificar el artículo 36 de la Ley 7103, referente a la Auditoria General de la Provincia estará integrada por cinco (5) miembros denominados Auditores Generales, de los cuales uno será su Presidente. Los que sean seleccionados por la Comisión prevista por el artículo 38, mediante concurso público de antecedentes y oposición, a propuesta de los partidos políticos con representación legislativa. Deberán tener título universitario en Abogacía, Ciencias Económicas u otros graduados con especialización en Administración Financiera y Control.

Sin dictamen de la Comisión de Legislación General.

Breve Síntesis: La Auditoría General de la Provincia es el órgano competente para el control externo posterior de la Hacienda Pública Provincial y Municipal en la provincia de Salta, conforme lo establece el artículo 169 de la Constitución Provincial. El artículo 36 de la mencionada Ley fija la integración de la Auditoria General de la Provincia, en el cual se establece el número de cinco miembros denominados Auditores Generales para conducir el mencionado Órgano de Control.

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