Confirman la condena a cinco personas por asociación ilícita y estafa y ordenan su detención

01/06/2018

Los jueces de la Sala III del Tribunal de Impugnación, Eduardo Barrionuevo y Pablo Mariño, rechazaron los recursos de casación interpuestos por los defensores de Hugo Agustín Valenzuela, Sergio Rafael Gudiño, Marta Elena Tassano, Héctor Dardo Cáceres y Dante Roque Vázquez, y confirmaron la condena que les habían impuesto los jueces de la Sala III del Tribunal de Juicio.

En el mismo fallo, los jueces ordenaron la detención de Valenzuela, Tassano y Cáceres, quienes habían quedado en libertad hasta tanto quede firme la sentencia.

Las juezas Norma Beatriz Vera, Ana Silvia Acosta y Tatiana Dip Torres habían condenado a Dante Roque Vázquez a la pena de siete años de prisión por ser coautor de los delitos de asociación ilícita en carácter de organizador y estafa (dos hechos), en concurso real; a Hugo Agustín Adalberto Valenzuela a la pena de cuatro años de prisión e inhabilitación especial por el tiempo de la condena por resultar coautor material y penalmente responsable del delito de asociación ilícita en carácter de integrante; a Marta Elena Tassano, a la pena de tres años y dos meses de prisión por resultar coautora del mismo delito.

Sergio Rafael Gudiño, por su parte, había sido condenado a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional por resultar coautor material y penalmente responsable de los delitos de asociación ilícita en carácter de integrante y estafa (un hecho) en concurso real. Héctor Dardo Cáceres fue condenado a la pena de tres años y seis meses de prisión por resultar coautor material y penalmente responsable de los delitos de asociación ilícita en carácter de integrante y estafa (un hecho) en concurso real.

Los jueces del Tribunal de Impugnación dijeron que la sentencia atacada es ajustada a derecho, ya que en la misma se condenó a los causantes según los delitos cometidos, que se encuentran correctamente encuadrados dentro de las figuras penales determinadas. Además, los fundamentos expuestos en la misma son suficientes para tener por culpables a los imputados.

En la causa habían sido condenados también Víctor Hugo Juárez Ortiz a la pena de cuatro años de prisión; Roberto Oscar Panelo a la pena de tres años y cuatro meses de prisión; Daniel Alejandro Jáuregui a la pena de tres años y cuatro meses de prisión; Clemencia Vicenta Rodríguez a la pena de tres años y cuatro meses de prisión; y Leonardo Fabio De Singlau a la pena de tres años y cuatro meses de prisión por ser coautores del delito de asociación ilícita en carácter de integrante.

El accionar de este grupo salió a la luz a partir de la denuncia de Jorge Adolfo Martorell, quien a fines de 2012 fue alertado por vecinos acerca del ingreso de personas en un inmueble suyo ubicado en la zona céntrica, previa rotura de tres candados. El denunciante llegó al lugar acompañado de efectivos del Servicio de Emergencias 911 y se procedió a la demora de las personas que se encontraban en el interior de la casa. Los imputados adujeron en ese momento que habían comprado la propiedad.

De las investigaciones realizadas en el marco de la causa surgió que los acusados habían iniciado un juicio sucesorio en Neuquén mediante la presentación de un certificado de defunción apócrifo de Jorge Martorell. Luego realizaron operaciones de compra-venta simuladas del inmueble. Los imputados ejecutaron esta maniobra con dos propiedades del denunciante, sitas en las calles Santiago del Estero y España de la ciudad de Salta.

Más sobre: Judiciales.

Noticias relacionadas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Subir