Condenados por abuso sexual simple agravado, coacción, amenazas, suministro de material pornográfico y grooming

20/07/2017

El juez de la Sala VI del Tribunal de Juicio, José Luis Riera, condenó a Santo Antonio de la Cruz Beltrán (41), a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional, por ser considerado autor material y penalmente responsable de los delitos de abuso sexual simple agravado por la intervención de dos o más personas; amenazas y abuso sexual simple en concurso real.

En el mismo fallo, Richard Eduardo Cuellar Velásques (25) resultó condenado a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional, por ser autor de los delitos de abuso sexual simple agravado por la intervención de dos o más personas; coacción; suministro de material pornográfico a menores de 14 años y grooming en concurso real.

Ante la condicionalidad de la pena que se les impuso los hombres deberán dar cumplimiento por el término de la condena a las siguientes reglas de conducta: fijar residencia y someterse al cuidado de un patronato; abstenerse de usar estupefacientes o de abusar del consumo de bebidas alcohólicas; someterse a tratamiento psicológico, previo informe que acredite su necesidad y eficacia; prohibición de acercamiento al domicilio y lugares donde concurran las víctimas, denunciantes y su grupo familiar directo, en un radio no menor a los 200 metros.

Además, deberán abstenerse de mantener contacto con ellos por cualquier medio, sea comunicación electrónica, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos.

En caso de incumplir alguna de estas reglas de manera injustificada, podría dejarse sin efecto la modalidad condicional de la pena que se les impuso.

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