Gasnor: Reajuste tarifario y modalidad de facturación
17/09/2016
Gasnor emitió el pasado martes el siguiente comunicado para usuarios, residenciales comercios y pymes sobre el reajuste tarifario y modalidad de facturación.
A partir de lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina, informamos:
Usuarios residenciales: para los consumos registrados a partir del 01/04/2016, se aplicarán los cuadros tarifarios vigentes al 31/03/2016. Para aquellos casos en que las facturas que llegaron a los hogares ya fueron abonadas, de corresponder devolver algún importe, la diferencia será compensada a partir de la primera factura que se emita y en las siguientes hasta reintegrar por completo la diferencia correspondiente. Dicha acreditación se realizará en forma automática, sin ser necesario hacer para ello trámite alguno.
En ese sentido, es conveniente mencionar que los cuadros tarifarios vigentes al 31/03/2016 contemplaban diferentes precios para el gas, teniendo en cuenta el ahorro o no con respecto al año anterior. A los efectos de refacturar sus consumos se ha tenido en cuenta dicha comparación con igual bimestre del año 2015.
Es por este motivo que dos servicios pueden tener la misma categoría de consumo (determinada por el consumo del último año móvil) y diferente cuadro tarifario aplicado (determinado por el ahorro en relación al año anterior).
Le recordamos que en nuestro sitio web Ud. puede acceder a un simulador de consumo que le permitirá conocer un importe aproximado a pagar en su liquidación y además el cuadro tarifario aplicado a la misma
Comercios y PyMEs: Para los usuarios comerciales y Pymes, del Servicio General P con servicio completo, se aplicará el cuadro tarifario vigente al 01/04/2016, para los consumos realizados a partir de esa fecha, con el tope de facturación del 500% (Resolución MINEM 129/16) con impuestos incluidos, sobre la factura emitida en el mismo período del año anterior. El cálculo se realiza considerando el monto total de la factura que recibió el cliente en el mismo período del año 2015, multiplicado por 6, y verificando que la factura actual no supere el monto resultante (tope). Si supera dicho monto, la diferencia se incluirá en la factura, en una línea bajo el concepto de bonificación.
Para ambas categorías de usuarios, se brindará la posibilidad de pago de los montos adeudados por consumos que van desde el 01/04 al 23/08, para que puedan ser abonados en su totalidad o realizar un plan de pago en cuatro cuotas iguales, consecutivas y sin incluir intereses. No obstante, la falta de pago de los mismos generará intereses por mora desde la fecha de vencimiento de cada una de las obligaciones. Se enviará junto a la facturación del periodo un comprobante adicional que contenga dichos cupones con posibilidad de pago en entes recaudadores rápidos: Rapipago, Pago Fácil y Cobro Express.
Para aquellos usuarios que tienen el beneficio de la Tarifa Social, el mismo seguirá en vigencia con los valores del cuadro tarifario vigente al 31/03 del corriente año.
Para mayor información puede comunicarse de manera telefónica al 0810 444 1444 o a través de nuestros canales de información alternativos: WEB, Chat Online, Facebook, Twitter.
Recordamos que el Gas Natural es un recurso no renovable y el cuidado del mismo depende de todos. Un uso responsable y eficiente es posible.
Más información sobre Uso Responsable en www.gasnor.com
Fuente: Prensa Gasnor
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