En Metán ordenan al IPS la cobertura total de un tratamiento a largo plazo

22/06/2016

El juez de la Sala II del Tribunal de Juicio de Metán, Ramón Haddad, hizo lugar íntegramente a la acción de amparo que interpuso K.R.M. en representación de su madre, en contra del Instituto Provincial de la Salud de Salta.

Ordenó el juez a la obra social provincial cubrir la totalidad del esquema que los médicos tratantes prescribieron a A.C.A., proveyendo el medicamento indicado. Además, deberá cubrir el 100% de los gastos que ocasionara el tratamiento de neurorehabilitación indicado a largo plazo.

La amparista manifestó que su madre padece una enfermedad cerebral degenerativa llamada “Ataxia cerebelosa”, encontrándose en riesgo su vida. Advirtió que la negativa de la obra social de brindar la cobertura despoja a la misma de toda posibilidad de obtener una correcta asistencia médica.

El juez tuvo en cuenta, que el diagnóstico no había sido puesto en tela de juicio por ninguna de las partes. Luego, estimó que la decisión del IPS al negarse a la cobertura del medicamento indicado por los médicos tratantes, no exponía motivación alguna, más si se tenía en cuenta que el tratamiento ya había sido autorizado con anterioridad y cubierto en un 90%.

Expuso el juez en su sentencia que “de no realizarse el tratamiento con la droga solicitada, se produciría un deterioro progresivo en la salud de la afiliada, por lo que en base a ello y conforme lo reconoce y asegura la propia Constitución Provincial en su artículo 41, el derecho a la salud es un derecho inherente a la vida y su preservación es un deber de cada persona, correspondiendo por consiguiente al Estado el cuidado de la salud física, mental y social de las personas asegurando a todas, sin efectuar discriminación con motivo de la edad que ostente, una mejor calidad de vida otorgándoles prestaciones de salud igualitarias, integrales y humanizadas, adelanto opinión en el sentido de que la pretensión de la amparista ha de tener acogida favorable”.

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