Se negó a reconocer a su hija y luego a pagar las costas del proceso

01/04/2016

La Sala Segunda de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial rechazó el recurso de apelación de un hombre (C.D.D.), quien había sido demandado en un juicio de filiación. El hombre apelaba porque en la primera instancia la jueza le impuso las costas, es decir los gastos emergentes del juicio.

El reclamo de filiación paterna extramatrimonial de una niña de dos años fue declarado abstracto por la jueza interviniente en primera instancia porque el hombre concretó el reconocimiento de la niña en la sede del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, pero le impuso al demandado las costas. La demanda por daño moral y material fue desestimada.

Las juezas de la Sala Segunda de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial consideraron que la aplicación de costas al demandado resultó adecuada a las circunstancias. “La previsión del artículo 70 inciso 1 del Código de forma contempla la exención de costas, en caso de allanamiento, siempre que el demandado no ‘hubiere incurrido en mora o que por su culpa hubiere dado lugar a la reclamación’; hipótesis que claramente no se verifica en la especie.”

El hecho de que el hombre hubiera realizado el reconocimiento en sede administrativa “no lo exime de las costas; en la medida en que con su conducta ha dado lugar al reclamo judicial, al punto que hasta ha requerido el rechazo de la demanda al momento de contestar su traslado. No existen dudas de que fue su actitud reticente la que generó la necesidad de emprenderse el juicio y debe soportar los gastos causídicos que éste conlleva.”

Recordaron que: “el reclamo efectuado para obtener la filiación paterna hace al derecho a la identidad de la niña, a tener un nombre y ser reconocida por sus padres ante la sociedad en la que vive, se trata de un derecho con jerarquía constitucional (…) quien se abstiene de efectuar el reconocimiento de la paternidad, ejerce una conducta ilícita por la que le cabe sanción”.

Las características del caso dan sustento, dijeron las juezas, a la condena en costas aplicada al hombre.

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