Rechazan la acusación contra el fiscal Portal acusado de investigar mal la muerte de los bomberos de Guachipas
21/09/2015
El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de Salta rechazó hoy la apertura del proceso de destitución abierto en contra del fiscal penal Gabriel Portal, por falta de cumplimiento de sus deberes en la investigación de la muerte de cuatro bomberos que en 2014 combatían un incendio en el cerro El Acheral, en la localidad de Guachipas.
El pedido de destitución lo formuló el defensor del Pueblo del municipio de Cerrillos, Carlos Paz, por falta de cumplimiento de los deberes del fiscal en la averiguación preliminar relativa a la muerte de Víctor Humberto Ferreyra, Mauricio Miguel Valdez, Martín Robinson Albarracín y Matías Daniel Vilte, informaron fuentes judiciales.
Los miembros del Jurado, presidido por el titular de la Corte de Justicia, Guillermo Posadas, advirtieron que la presentación fue efectuada por Paz, en la condición excluyente de Defensor del Pueblo del Municipio de Cerrillos.
El artículo 181 de la Carta Orgánica Municipal de Cerrillos, aprobada por Ley 7534, limita las facultades del Defensor del Pueblo a la protección de “los derechos e intereses públicos de la comunidad frente al municipio y de las empresas públicas y privadas prestatarias del servicio público”.
A esto se le suma la actuación de oficio o a pedido de parte “frente a los actos, hechos u omisiones de la administración pública municipal o de sus agentes”, no para promover la destitución del fiscal.
Los miembros del jurado analizaron además la Averiguación Preliminar SGC 82/14 caratulada “Víctor Ferreyra; Mauricio Valdez; Daniel Vilte; Martín Albarracín A/Caratular”, de trámite ante la fiscalía de Portal.
Asimismo, recordaron que la valoración realizada por el fiscal al decidir el archivo no reviste carácter de definitiva.
En este sentido, observaron que el 27 de agosto pasado el propio Portal dispuso la reapertura de la investigación, ante la probable existencia de una noticia “criminis” en función de la documental remitida por el Ministerio de Seguridad, que incluye un acta de la misma fecha, donde Alfredo Tomás Aparicio expresó su deseo de testificar y aportar elementos probatorios a la causa.
El 31 de agosto se recibieron testimoniales y se fijaron audiencias, integrándose luego de la inhibición de Portal un equipo de fiscales penales a cargo de la averiguación preliminar, quienes dispusieron nuevas testimoniales, de lo que surge que la investigación no ha finalizado.
El hecho ocurrió el 28 de octubre de 2014 pero tomó especial relevancia el 18 de agosto pasado, cuando se publicaron las escalofriantes imágenes captadas por el teléfono de una de las víctimas, que capturaron los últimos minutos de vida en medio de las llamas.
El artículo 160 de la Constitución Provincial le asigna al Jurado de Enjuiciamiento el deber de juzgar la conducta de los magistrados del Poder Judicial y miembros del Ministerio Público en orden a su eventual destitución por las causales previstas en el mismo texto constitucional y en la ley 7138.
En Salta, el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados está integrado además por la Fiscal de Estado, Mónica Lionetto; los senadores Jorge Pablo Soto y María Silvina Abilés; los abogados del foro Guillermo López Mirau y Pedro Mellado; los diputados Diego Pérez y Eduardo Leavy; y los jueces de Corte Guillermo Catalano y Guillermo Díaz.
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