Cámara Baja: Acta de Labor Parlamentaria

24/08/2015

Los Presidentes de los Bloques Políticos, elevaron al Vicepresidente 1º de la Cámara de Diputados, en ejercicio de la Presidencia, Eduardo Luis Leavy, los proyectos para incorporar en el Acta de Labor Parlamentaria para la Sesión Ordinaria del martes 25 de agosto de 2015, con el siguiente orden:

I. DIPUTADO
1. Proyecto de Declaración: Que vería con agrado que los Legisladores Nacionales por Salta, gestionen en forma urgente ante el Ministro de Economía y Finanzas Públicas de la Nación, la implementación de las siguientes medidas para productores con establecimientos radicados en la provincia de Salta: reestructuración de las deudas impositivas y con Entidades Financieras, eliminación de los derechos de exportación, y la creación de Puerto Seco, a fin de agilizar el transporte de la producción y disminuir sus costos. Son autores del proyecto, los diputados Gustavo Scavuzzo, Carlos Zapata, Miguel Calabró, Diego Pérez, Baltasar Lara Gros, Omar Soches López, Matilde Balduzzi y Liliana Mazzone. Se debate en la Comisión de Producción. Pertenece al Bloque Justicialista. Expte. Nº: 91-34.964/15.

2. Proyecto de Ley: Modificar el artículo 4° de la Ley 5335, modificado por Ley 7560 sobre Cooperadoras Asistenciales. Es autor del proyecto, el diputado Lucas Godoy. Se debate en las Comisiones de Asuntos Municipales; y de Legislación General. Pertenece al Bloque Justicialista. Expte. Nº: 91-33.349/14.

3. Proyecto de Declaración: Que vería con agrado que el Gobierno Provincial, a través del área que corresponda, proceda a realizar un censo de personas en situación de calle, que perciban o no pensiones no contributivas, a los efectos de implementar una política de salud y resguardo de los mismos. Es autor del proyecto, el diputado Jorge Guaymás. Se debate en las Comisiones de Derechos Humanos; y de Hacienda y Presupuesto. Pertenece al Bloque Salta nos Une. Expte. Nº: 91-34.816/15.

4. Proyecto de Ley: Declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación los inmuebles identificados con las Matrículas Nos 2.156, 2.155 y 2.158, del departamento Rivadavia, con destino a la ampliación de la zona urbana y construcción de viviendas. Es autor del proyecto, el diputado Atta Miguel Gerala. Se debate en las Comisiones de Obras Públicas; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General. Pertenece al Bloque Justicialista. Expte. Nº: 91-34.898/15.

5. Proyecto de Ley: Equiparación de oportunidades para personas sordas e hipoacúsicas en todo el ámbito de la provincia de Salta. Son autores del proyecto, los diputados Matías Posadas y Emanuel Sierra. Se debate en las Comisiones de Legislación General; y de Hacienda y Presupuesto. Pertenece al Bloque Frente para la Victoria Plural. Expte. Nº: 91-33.113/14.

6. Proyecto de Ley: Modificar el artículo 3° de la Ley 7631, referente a la regulación de aspectos relativos al consumo y comercialización de tabaco. Es autora del proyecto, la diputada Gabriela Martinich. Se debate en las Comisiones de Legislación General. Pertenece al Bloque Partido Renovador de Salta. Expte. Nº: 91-34.369/14.

7. Proyecto de Ley: Regular todo lo relativo a la colonización de las tierras fiscales, a fin de fomentar la producción y desarrollo agroindustrial en la provincia de Salta. Es autor del proyecto, el diputado Guido Giacosa. Se debate en las Comisiones de Obras Públicas; de Producción; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General. Pertenece al Bloque Justicialista– Alt. Parlamentaria. Expte. Nº: 91-34.470/15.

8. Proyecto de Declaración: Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, incluya en el Presupuesto Ejercicio 2016 el servicio de copa de leche para el nivel secundario de todas las modalidades. Es autora del proyecto, la diputada Alejandra Navarro. Se debate en las Comisiones de Educación; y de Hacienda y Presupuesto. Pertenece al Bloque Frente para la Victoria Plural. Expte. Nº: 91-34.913/15.

9. Proyecto de Ley: Crear los Bancos de Leche Materna Humana (BLH) en aquellos establecimientos asistenciales de salud que la Autoridad de Aplicación determine. Es autor del proyecto, el diputado Javier David. Se debate en las Comisiones de Salud; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General. Pertenece al Bloque Frente Salteño. Expte. Nº: 91-34.654/15.

FUNDAMENTACIÓN

1. Proyecto de Ley: Este proyecto de ley, tiene por objeto modificar la selección de los integrantes de las Cooperadoras Asistenciales de los municipios de la Provincia de Salta. Con la intervención de la Iglesia Católica y de otros cultos en la elección de sus directores, las Cooperadoras ganarán en participación popular. Es innegable la inmediatez existente entre los problemas de la sociedad y las Iglesias, que se convirtieron en actores fundamentales en la mejora de la calidad de vida de la ciudadanía. Los referentes de cada uno de los cultos adquieren, en el contacto diario con sus feligreses una verdadera noción de sus principales flagelos. Probado es su éxito trabajando en la lucha contra las adicciones, con la creación de centros de rehabilitación y grupos de ayuda mutua. Expte. Nº: 91-33.349/14.

2. Proyecto de Ley: El presente proyecto de ley pretende solucionar la situación de ahogo que sufre el crecimiento de la localidad Cnel. Juan Solá (Morillo). La justificación del proyecto se encuentra radicada en la necesidad habitacional creciente en el municipio y en la carencia de inmuebles fiscales aptos para viviendas resultando los inmuebles en cuestión aptos para el desarrollo urbano y habitacional. En tal sentido dichos inmuebles poseen los servicios básicos en su lado sud oeste y son vecinos a barrios consolidados. Expte. Nº: 91-34.898/15.

3. Proyecto de Ley: El objetivo de la presente ley es proporcionar la integración de las personas sordas e hipoacúsicas en la sociedad de acuerdo a sus capacidades; es decir proveer intérpretes de la Lengua de Señas Argentina a las personas con necesidades auditivas especiales y garantizarles la comunicación en los establecimientos gubernamentales que ofrezcan servicios al público, así como dotar de señalización, avisos, información visual y sistemas de alarma aptos para el reconocimiento de las personas sordas e hipoacúsicas, a fin de evitar la discriminación. El mismo tiene como propósito suprimir las barreras comunicacionales que existen actualmente en nuestra comunidad, tal como lo contempla actualmente el artículo 75 de la Constitución Nacional (inc. 22 y ccds.), la Constitución de la Provincia de Salta, en su artículo 36 expresa: “(…) Se los ampara para el disfrute de los derechos que les corresponden como miembros plenos de la comunidad” y la Convención Interamericana para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra las personas con discapacidad que fue suscripta en Guatemala el 8 de junio de 1999, y posteriormente aprobada por Ley número 25.280 el 6 de Julio de 2000. Esta última contempla el compromiso de los Estados parte a colaborar en el desarrollo de medios y recursos diseñados para facilitar o promover la vida independiente, autosuficiencia e integración total, en condiciones de igualdad. Tiene como fin achicar las diferencias entre las personas con discapacidades y las que no las tienen, propiciando el proceso de integración de las personas sordas e hipoacúsicas y facilitando el acceso a la información a las mismas. Este compendio de normas apuntan a la adopción de una actitud no discriminatoria, para finalmente incluirlos o involucrarlos en tareas de la vida cotidiana como ir al banco, pagar cuentas, conseguir trabajo, etc. Expte. Nº: 91-33.113/14.

4. Proyecto de Ley: El objetivo es proteger a las generaciones presentes y futuras contra las devastadoras consecuencias sanitarias, sociales, ambientales y económicas del consumo de tabaco y de la exposición al humo de tabaco. Sin desconocer la importancia económica que tiene en nuestra provincia productora de tabaco, vemos que las encuestas nacionales también muestran que el consumo de tabaco disminuyó solamente un 2 % y la exposición al humo mostró una diferencia más significativa del orden del 4 % en cada período. Con lo que se demuestra que la aplicación de entornos libres de humo no desalentó el consumo, pero si se mejoró la protección de terceros. En países de altos ingresos se calcula que el costo anual general de la atención de salud asociada con el consumo de tabaco oscila entre 6% y 15% del costo total de la atención de salud. Un estudio hecho en Argentina en el año 2006 muestra que la sociedad gastó casi $ 7000 millones de pesos en atender enfermedades causadas por el consumo de tabaco, cifra muy superior al conjunto de impuestos relacionados al tabaco percibidos por el Ministerio de Economía de la Nación que, en ese mismo año, fue de $ 4.200 millones. Expte. Nº: 91-34.369/14.

5. Proyecto de Ley: Lo que se busca mediante esta norma es fomentar el aprovechamiento de la tierra productiva, mediante un plan de colonización que desaliente tanto el latifundio como el minifundio, a la vez que se incluye socialmente a quienes acreditan capacidad, experiencia o interés real en la explotación agrícola. Se proyecta que el Estado actúe como un cerebro coordinador de una inteligente política productiva, aportando infraestructura, investigación y tecnología para generar una gran red de pequeños productores que, variando los cultivos y tendiendo a maximizar la calidad de los mismos, generen productos que puedan ser destinados tanto al mercado local como al de exportación, generando divisas mediante la diversificación de la producción. En este proceso de transformación y maximización tecnológica el Estado tiene un rol fundamental, mediante centros de investigación y transferencia tecnológica que asesoren y monitoreen los procesos productivos desarrollados. A su vez, se pretende fomentar la complementación con actividades industriales a pequeña escala tendientes a manufacturar la producción primaria, también con el objeto de colocarla en el mercado local y de exportación. Expte. Nº: 91-34.470/15.

6. Proyecto de Ley: La Ley Nacional 26.873/13 sobre Lactancia Materna expresa en su artículo 4°: “Determinación de los objetivos. En el marco de la promoción y la concientización pública de la lactancia materna son objetivos de la presente ley: j) Promover la creación y desarrollo de bancos de leche materna cuya función será recolectar, procesar, conservar y distribuir la misma;”En efecto, la lactancia materna es el mejor principio para una vida saludable. La leche de madre no sólo contiene todos los nutrientes que el niño necesita, sino que es en sí misma un tejido vivo, incomparable con cualquier fórmula de leche artificial. Por diversas situaciones, muchas veces los niños recién nacidos no pueden recibir leche materna. Frente a esta situación surge la posibilidad de crear Bancos de Leche Materna Humana que se encarguen de extraer, analizar, pasteurizar y ejecutar los procesos de conservación, clasificación, control de calidad y distribución de leche materna para todo niño/niña impedido de recibir lactancia directa de su madre. Un Banco de Leche Materna es un servicio especializado, responsable por la promoción, protección y apoyo a la lactancia materna. Realiza actividades de recolección del excedente de leche de la madre que amamanta, la procesa, controla su calidad, la clasifica, conserva y distribuye. Expte. Nº: 91-34.654/15.

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