Seis jóvenes condenados por robar y agredir a sus vecinos
22/10/2014
La Sala IV del Tribunal de Juicio condenó a seis jóvenes, absolvió a otros dos y declaró penalmente responsable a un menor de edad.
Los jueces declararon penalmente responsable a V.A.M. por resultar autor material y penalmente responsable del delito de robo simple y coautor del delito de robo calificado por el uso de arma, todo en concurso real, remitiendo el fallo al juez de Menores interviniente.
En la misma sentencia, los jueces condenaron a Walter Oscar Pastrana a siete años y cinco meses de prisión de ejecución efectiva por resultar coautor penalmente responsable de los delitos de robo calificado por ser cometido mediante el uso de arma, agravado por la intervención de un menor de 18 años, daño y resistencia a la autoridad, todo ello en concurso real. Se ordenó que el imputado continúe alojado en la Unidad Carcelaria 1.
Pastrana fue absuelto del delito de robo calificado por ser cometido en poblado y en banda, agravado por la intervención de un menor de 18 años, por aplicación del beneficio de la duda, y del delito de robo en poblado y en banda, por no mediar acusación fiscal.
El Tribunal condenó también a Javier Mauro Ramos, alias “Yagui”, a la pena de siete años y ocho meses de prisión de ejecución efectiva por resultar coautor penalmente responsable de los delitos de robo calificado por ser cometido mediante el uso de arma, agravado por la intervención de un menor de 18 años, daño y resistencia a la autoridad, y autor del delito de robo en grado de tentativa, todo ello en concurso real. Se ordenó que el imputado continúe alojado en la Unidad Carcelaria 1.
Por otro lado, los jueces absolvieron a Javier Mauro Ramos del delito de robo calificado por ser cometido en poblado y en banda, agravado por la intervención de un menor de 18 años, por aplicación del beneficio de la duda.
También se condenó a Juan Marcelo Vázquez a la pena de siete años y diez meses de prisisón de ejecución efectiva, por resultar coautor penalmente responsable de los delitos de robo calificado por ser cometido mediante el uso de arma, agravado por la intervención de un menor de 18 años, daño, resistencia y atentado a la autoridad, todo ello en concurso real. Se ordenó que el condenado continúe alojado en la Unidad Carcelaria 1.
Vázquez resultó absuelto del delito de robo calificado por ser cometido en poblado y en banda, agravado por la intervención de un menor de 18 años, por aplicación del beneficio de la duda.
Se condenó además a Álvaro Esteban Vázquez, alias “Chato”, a la pena de un año y seis meses de prisión de ejecución efectiva por resultar coautor penalmente responsable de los delitos de daño y resistencia a la autoridad, en concurso real. Se ordenó que el imputado continúe alojado en la Unidad Carcelaria 1. En el mismo acto, los jueces revocaron la condicionalidad de una condena de tres años de prisión por el delito de robo calificado impuesta a Álvaro Vázquez en 2012 por la Sala III del Tribunal de Juicio.
Por otro lado, se absolvió al imputado de los delitos de robo calificado por ser cometido en poblado y en banda, agravado por la intervención de un menor de 18 años, y robo calificado por ser cometido con arma agravado por la intervención de un menor de 18 años, por aplicación del beneficio de la duda.
Asimismo, el tribunal condenó a Gloria del Valle Monzón, alias “Chola”, a la pena de tres meses de prisión de ejecución efectiva por resultar coautora material y penalmente responsable del delito de resistencia a la autoridad. En este caso, se difirió la unificación de la pena impuesta con otra de cuatro años de prisión efectiva dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Salta por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.
El fallo de la Sala IV del Tribunal de Juicio también condenó a Nelson Ortiz, alias “Neco”, a un mes de prisión de ejecución condicional por resultar autor penalmente responsable del delito de hurto en grado de tentativa. En este caso, se le impuso al imputado una serie de reglas de conductas que deberá cumplir por el término de dos años, bajo apercibimiento de revocársele la condicionalidad de la pena. Ortiz fue absuelto además del delito de resistencia a la autoridad por no mediar acusación fiscal.
Finalmente, el tribunal absolvió a José Manuel Cruz del delito de resistencia a la autoridad, por no mediar acusación fiscal.
Los hechos por los cuales los imputados llegaron a juicio ocurrieron el 24 de junio de 2012 en el barrio Divino Niño Jesús. Los imputados ingresaran por la fuerza a un domicilio y sustrajeran un celular, una notebook y un caloventor, previo cortarle la muñeca con un cuchillo al dueño de casa. También los denunció una vecina, a quién le apedrearon la casa y le dañaron varias puertas.
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