Reclamos y denuncias de consumidores que nunca solicitaron tarjetas de crédito en firmas comerciales, son algunos de los casos más recurrentes en el organismo.
La Secretaría de Defensa del Consumidor del Ministerio de Gobierno, a cargo de Santiago Godoy (h), informó que en los casos de tarjetas de crédito no requeridas y que generan un costo mensual con cargos ilegítimos, el consumidor no está obligado a pagarlos.
Cabe destacar que el contrato se perfecciona con la firma de la solicitud de tarjeta entre el emisor y el titular, el cual emite la respectiva tarjeta y el titular la recibe de conformidad; el emisor por lo tanto, debe entregar una copia del contrato donde consten los derechos y obligaciones de las partes.
El resumen realizado por la entidad emisora debe ser recibido por el usuario con una anticipación mínima de cinco días al vencimiento de su obligación, conteniendo los datos esenciales sobre los cuales debe tomar conocimiento el usuario, por ejemplo, fecha en que realizó cada operación, monto hasta el cual el emisor otorga el crédito, plazo para cuestionar el resumen en lugar visible y caracteres destacados, monto de los intereses, etcétera.
Además, todo costo derivado del uso de la tarjeta de crédito debe preverse en el contrato de emisión de la misma, de lo contrario se puede realizar el reclamo pertinente solicitando el reembolso de los cargos no pactados convencionalmente.
Asimismo, se establecen cuáles cláusulas serán consideradas nulas, información fundamental a tener en cuenta antes de firmar un contrato de estas características, como ser las que imponen la renuncia por parte del titular a cualquiera de los derechos que otorga la ley, las que facultan al emisor a modificar unilateralmente las condiciones del contrato, la que autorizan al emisor la rescisión unilateral incausada, entre otras.
Godoy explicó que, “en caso de recibir una tarjeta de crédito no requerida, que le genera la obligación de pago sin haber sido utilizada, se debe efectuar el reclamo pertinente”; y agregó que “en caso de no haber solicitado la tarjeta pero al consumidor le interesa conservarla, se recomienda presentarse en el banco o financiera y solicitar la firma del correspondiente contrato con una copia del mismo”.