Reglamentaron iniciativa para que los deudores alimentarios no puedan tramitar licencia de conducir

28/07/2013

Luego de que el Ejecutivo municipal Capitalino reglamentara la ordenanza 14.530 por una iniciativa del Frente Salteño que se aprobó a comienzos de este año, entró en vigencia la prohibición de que los deudores morosos alimentarios puedan tramitar la licencia de conducir.

El artículo segundo de la normativa municipal establece que para tramitar la licencia de conductor, uno de los requisitos necesarios es “no estar incluido en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos de la Provincia, según ley 7.411”.

El proyecto que fuera aprobado incluye un marco prohibitivo más amplio, porque no sólo se los imposibilita de conducir sino que, además, impide que organismos públicos de la Municipalidad de Salta autoricen inscripciones, altas o bajas, transferencias, u otorguen habilitaciones, designen como funcionarios jerárquicos de la planta política a quienes se encuentren incluidos en el Registro.

“Estamos muy satisfechos con la entrada en vigencia de esta Ordenanza porque trabajamos en un proyecto que tiende a resolver la problemática de la falta de alimento a los niños, dado que muchas parejas en las que hay problemas dejan los chicos en una situación de desprotección” manifestó el concejal del Frente Salteño, Raúl Medina, para luego agregar que, “lo que tratamos de hacer es poner un obstáculo más a todos los que estén en el registro creado en el 2006, para que las penalidades los lleven a tomar conciencia del mal que les hacen a sus hijos”.

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