Telefónica de Argentina multada por afectar indebidamente a un consumidor en su Veraz

13/05/2013

La Cámara de Apelaciones confirmó una multa aplicada por la secretaría de Defensa del Consumidor del ministerio de Gobierno por el monto de 15.000 mil pesos por violación a los artículos que confieren la Ley 24.240 de Defensa a los Consumidores.

El expediente se inició en el organismo provincial con la denuncia de un consumidor poseedor de cinco líneas telefónicas que habían sido dadas de baja y por la que se le efectuaron reintegros en virtud de existir saldo favorable en la misma.

El mismo fue afectado gravemente en el Veraz, ya que la firma telefónica le otorgaba una supuesta deuda de $254, correspondiente a una factura pendiente del año 2006, fecha en la que había dado de baja a las líneas que poseía.

Cabe destacar que además el consumidor tenía en su poder comprobantes con diferencias a su favor de fecha posterior a la deuda, donde Telefónica le otorgaba crédito por el monto de 123 y 116 pesos, respecto a dos de las líneas telefónicas a su cargo.

Para poder ser desafectado del Veraz en forma inmediata pretendió abonar la supuesta deuda sin que ello implicara conformidad o aceptación por su parte, pero personal de la empresa le explicó que no se podía tomar el pago y que se comunicara a través de un 0800. Agregando que tampoco podían darle ninguna solución en casa central de Telefonía de Argentina que radica en Salta por el problema que presentaba.

Denuncia y audiencia de conciliación

Ante esa situación efectuó la denuncia en la secretaría de Defensa del Consumidor, en la que celebrada la primera audiencia de conciliación el consumidor solicitaba el levantamiento de cualquier antecedente en informes crediticios relacionados a las líneas telefónicas.

Telefónica Argentina S.A. por su parte presentó constancia de levantamiento de Veraz; pero dejó constancia que la titular de 5 líneas telefónicas, en su oportunidad dos líneas estaban dadas de baja y se le efectuaron reintegros en virtud de existir saldo favorable en la misma. Pero con respecto, a las otras tres líneas se registraban deudas al momento de ser pedida su baja motivo por el cual informaron al Veraz. La deuda que se reclamó corresponde a una semana de abono desde más dos cargos de reconexión.

Las partes no arriban a un acuerdo por lo que el expediente continuó el procedimiento administrativo, a fin de aplicar las imputaciones correspondientes por presunta infracción a los artículos cuarto del deber de información, octavo bis correspondiente al trato digno y el artículo diecinueve acerca de las modalidades en la prestación de servicios. Todos conferidos de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor.

Más sobre: Judiciales.

Noticias relacionadas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Subir