Urtubey reglamentó los procedimientos para el aborto no punible

22/03/2012


El gobernador Juan Manuel Urtubey firmó el decreto 1170/12 en el que instruye a los Ministros de Salud Pública y de Derechos Humanos a implementar de manera inmediata las guías de procedimiento para que las víctimas de violación puedan acceder, de manera rápida y segura, al aborto no punible previsto en el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Las guías de procedimiento prevén que la práctica del aborto no punible se considerará autorizada contra la presentación de la denuncia penal de violación o la declaración jurada, realizada con la asistencia del Defensor Oficial o de Menores e Incapaces, según corresponda.

Consideró Urtubey que si bien es competencia de la Corte la interpretación de leyes de fondo, los fallos judiciales en el sistema constitucional de la República, sólo tienen efectos obligatorios para el caso concreto. De allí entonces, que la exhortación formulada por el Tribunal constituye una recomendación y, como tal, no tiene fuerza imperativa para las autoridades los procedimientos contemplados por la de la Corte; siendo materia privativa de resolución de los Estados provinciales, por lo cual, corresponde que sea la Provincia la que establezca las guías de procedimiento a seguir.

En el decreto se establece que no debe recaer en los médicos la responsabilidad de recibir y evaluar declaraciones juradas que refieren a un hecho delictivo y que resulta conveniente para los intereses y la protección integral de la víctima, que la declaración jurada, a la que se alude en el fallo, sea realizada con la asistencia tutelar del Ministerio Público.

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