La Provincia interpondrá un Recurso al fallo que prohíbe prácticas católicas en escuelas públicas

29/02/2012


La medida se origina en un fallo del juez Marcelo Domínguez. La Provincia presentará un Recurso de Aclaratoria solicitando que se defina el alcance de esta medida que prohíbe prácticas no obligatorias pero de profundo arraigo popular.

El Gobierno de la Provincia, a través de la Fiscalía de Estado, interpondrá un Recurso de Aclaratoria al fallo del Juez de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Sala III, Marcelo Ramón Domínguez; por el cual prohíbe las prácticas católicas en instituciones educativas públicas de nivel primario.

Este Recurso de Aclaratoria busca que el Juez defina el alcance de la medida ya que afectaría concretamente la posibilidad de toda práctica católica, es decir desde rezar en las escuelas o bendecir alimentos hasta la asistencia a las misas en honor al Señor y Virgen del Milagro e incluso la participación en la procesión del 15 de Septiembre o en las distintas fiestas patronales que se desarrollan en los 59 municipios del interior provincia, consideró Ramiro Simón Padrós, Fiscal de Estado.

El proceso se inició en junio de 2010 cuando nueve personas, con apoyo de la Asociación por los Derechos Civiles, presentaron un Recurso de Amparo contra la Provincia, solicitando la declaración de inconstitucionalidad de la Ley 7546 de Educación Provincial, alegando un trato desigualitario y discriminatorio; y del artículo 49 de la Constitución Provincial sobre Sistema Educacional que prevé que “los padres y en su caso los tutores, tienen derecho a que sus hijos o pupilos reciban en la escuela pública la educación religiosa que esté de acuerdo con sus propias convicciones”.

“Hoy el juez Domínguez emitió este fallo por el que ordena a la Provincia demandada que cesen las conductas que se desarrollan en las instituciones públicas de educación primaria que impongan prácticas de la religión católica”, explicó Simón Padrós.

Indicó que ante esta medida “el Estado Salteño necesita que el Juez aclare qué debe entenderse por prácticas de la religión católica dado que el fallo no lo especifica y a los efectos de saber si esta prohibición alcanza sólo a las prácticas de la religión católica u otras religiones”.

En los considerandos de su sentencia el Juez señala además como conducta potencialmente discriminatoria el rezo diario en algunos establecimientos públicos primarios lo que, y surge de la misma sentencia, “no responde a una directiva del Gobierno de la Provincia sino a la espontánea manifestación del sentimiento religioso de los maestros y alumnos de las escuelas reflejando así una pauta cultural hondamente arraigada en el pueblo de Salta”, destacó el Fiscal de Estado.

Esta Aclaratoria busca que el Juez defina las conmemoraciones de las festividades religiosas en el ámbito de la educación primaria, especialmente respecto de la que más identifica a los salteños como la Fiesta en Honor al Señor y la Virgen del Milagro, donde los alumnos de todos los niveles participan de una serie de actividades conmemorativas previas a la procesión del 15 de Septiembre o las fiestas patronales.

Con este accionar, la Provincia por medio de la Fiscalía de Estado, planteará el Recurso de Aclaratoria en modo previo a la apelación, solicitando además que se suspendan los tiempos previstos de tres días hábiles para apelar el fallo, a fin de que la Corte de Justicia, como Tribunal de Alzada, revise la medida.

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