Aclaración de la Fiscalía ante la Corte Nº 1

07/04/2011

La información dada por la Hora de Salta el día 6 de abril de 2011, en relación a la opinión emitida por el Sr. Fiscal ante la Corte Nº1, en los autos caratulados:"Moya, Rosa Alicia vs Municipalidad de San José de Cerrillos; Empresa Cesar Raúl Acevedo- Amparo-Recurso de Apelación", que tramita en expediente Nº CJS-34222/11, es errónea y ha sido formulada de manera capciosa.

En efecto, el expediente de referencia tramitó por la vía del amparo una pretensión que, en opinión de la Fiscalía, no puede encarrilarse en este proceso excepcional, toda vez que requiere para su procedencia de requisitos específicos que no se encontraban reunidos en los presentes.

No hubo en el caso un apoyo al Municipio de Cerrillos, como lo da a entender el medio en el que se efectivizó la publicación, sino de un pronunciamiento previo ala sentencia que toca dictar a la Corte de Justicia, en la que se consideró que la decisión adoptada en primera instancia había sido correctamente tomada.

Tampoco es cierto que la Fiscalía haya notificado al Municipio, pues el trámite de la causa no está a su cargo, sino a cargo del Tribunal ante la que se sustancia.

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