Suspenden preventivamente al defensor del pueblo Alvaro Ulloa

04/11/2010

El Concejo Deliberante Capitalino dispuso suspender por el lapso de 30 días en sus funciones al Defensor del Pueblo, Alvaro Ulloa y al secretario letrado, Nicolás Zenteno, a la vez de otorgarle un plazo de 10 días para que efectúen el descargo correspondiente en relación a la supuesta incompatibilidad en sus cargos con ejercicios partidarios.


El texto aprobado por el cuerpo legislativo fue el siguiente:

Art. 1º: De conformidad con lo dispuesto por artículo 10 de la Ordenanza Nº 3947 y con el objeto de resguardar la legalidad de los procesos administrativos que intervienen, hacer cesar la incompatibilidad en la que se encuentran incursos los funcionarios investidos en el cargo de Defensor del Pueblo y Secretario Letrado adjunto y suspenderlos preventivamente de sus cargos por el término de 30 días.

Art. 2º: Requerir a los funcionarios nombrados en el artículo precedente para que en el plazo de 10 días de notificada la presente, produzcan descargo al cuerpo sobre la existencia de concursos públicos previos a su designación, ausencia de requisitos exigidos por la Ordenanza 3947 para acceder a tales cargos y optar por los que ejercen simultáneamente funciones político partidarias, en relación a lo preceptuado en el artículo 10 de la mencionada Ordenanza. .

Inicialmente se planteaba una redacción diferente pero en el debate, a instancias del concejal Marcelo Oliver, su par Carlos Saravia planteó una serie de modificaciones al proyecto, atento a la vigencia de la Ordenanza que rige el funcionamiento de la Defensoría del Pueblo. Explicó que el objetivo es que el Defensor del Pueblo deje de violar el articulo 10 de la Ordenanza Nº 3947, que consigna la incompatibilidad de los funcionarios citados de efectuar actividad política. El tratamiento del punto veintisiete del Orden del Día generó un largo debate, con exposiciones de los ediles de las diferentes bancadas políticas.

Raúl Medina destacó que desde el FS venimos realizando una serie de cuestionamientos, y en este caso se trata de un cargo que es incompatible con mandatos partidarios. Afirmó asimismo que “este Concejo está sujeto al principio de la legalidad, sujeto al orden jurídico”.

La defensa de Ulloa la ejercieron los representantes del PPS, los concejales Roque Rueda y Virginia López. El primero planteó que no es clara la interpretación de la incompatibilidad del cargo del Defensor del Pueblo. Por su parte López, sostuvo que lo que se busca es “proscribir electoralmente a un dirigente de la oposición”.

Al momento de la votación, la concejal Mirta Isa solicitó la abstención de los ediles del bloque del FREJUVI, sosteniendo que “se trata de una pelea de la oposición”.

Los que votaron a favor de la suspensión de Ulloa y Zenteno, fueron los ediles del FS, Raúl Medina, Ariel Burgos, Aroldo Tonini, Marcelo Oliver, Lucrecia Lambrisca e Irene Soler; las representantes del PO, Gabriela Cerrano y Norma Colpari, lo propio hicieron los ediles Myrian Pinto (BFP) y los de los monobloques de la UCR, PRS y MLS, Carlos Saravia, Viviana Ávila y Gladys Tinte, respectivamente. En tanto por la negativa se pronunciaron Roque Rueda y Virginia López, ambos del PPS.

 

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