Sustituir las bolsas de plástico y material no biodegradable

31/07/2010

El concejal Raúl Romeo Medina presidente del Bloque Frente Salteño, presentó un proyecto de ordenanza que tiene como finalidad dar un marco legislativo a los elementos definidos como bolsas de plástico y material no biodegradable.


El proyecto contempla que las bolsas de plásticos y material no biodegradable utilizados en comercios en general que se entregan al consumidor para contención y transporte de mercadería deberán ser sustituidos por otro tipo de contenedores que tengan la propiedad de biodegradarse en el medio ambiente, buscando de esta forma, reducir los daños ambientales en nuestra ciudad.

“Como concejales tenemos la responsabilidad de generar herramientas para sostener un medio ambiente sano en nuestra ciudad, que no se mejorara con discursos o con diagnósticos, sino con acciones concretas programadas en el tiempo”, destacó Raúl Medina.

En los casos que el contenido sea húmedo o que por sus características sea necesario utilizar un envase indicado, se permitirá el uso de bolsas de plástico o material no biodegradable, en la medida que no exista un sustituto de iguales características biodegradable.

En unos de sus artículos el proyecto prevé que la Autoridad de Aplicación que determine la reglamentación desarrollará, en un plazo que no exceda el término de ciento ochenta días a partir de la promulgación de la ordenanza, el “Programa de sustitución y reemplazo de bolsas de plástico o material no biodegradables” con la  realización de campañas de difusión y concientización; información  y capacitación a los destinatarios sobre las posibles alternativas que pueden sustituir a los envases de plástico no biodegradable.

El incumplimiento de las disposiciones de la ordenanza dará lugar a la aplicación de las siguientes sanciones: -Primer incumplimiento: Apercibimiento

-Segundo incumplimiento: Multa equivalente al 0.5% (cero como cinco por ciento) de la facturación del mes en el que se produjera el incumplimiento de la presente Ordenanza. -Tercer Incumplimiento: Clausura por un día, más una multa equivalente al 1% (uno por ciento) de la facturación del mes en el que se produjera el nuevo incumplimiento. -Cuarto y subsiguientes incumplimientos: Clausura por tres días, mas una multa equivalente al 3% (tres por ciento) de la facturación del mes en el que se produjeran los nuevos incumplimientos.

Los fondos recaudados en concepto de multas se depositarán en una cuenta especial, la que se utilizará para solventar las campañas de difusión y el cumplimiento de lo prescripto en la presente ordenanza.

“El incremento permanente de utilización de bolsas plásticas bajo el argumento de su bajo costo o porque son higiénicas o en razón de que son necesarias para la comercialización, no son excusa para seguir provocando daños ambientales” concluyó Romeo Medina.

prensa Frente Salteño

 

 

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