Reglamento XXI Muestra de Teatro Breve 2010

29/07/2010

Convocase a todos los grupos de teatro de la provincia a participar de la XXI MUESTRA DE TEATRO BREVE - 2.010 organizada por la Dirección del Centro Cultural “Holver Martínez Borelli” de la Secretaría de Extensión de la Universidad Nacional de Salta y  se realizará entre los días  30 de Agosto y 12 de Septiembre de 2.010.


 

ARTÍCULO 1 - DE LAS INSCRIPCIONES.

La inscripción se hará personalmente o por carta en la Dirección del Centro Cultural “Holver Martínez Borelli” de la Universidad Nacional de Salta, Buenos Aires 177, desde el 02   al 20 de Agosto de 2.010, en el horario de 08:00 a 13:00 hs. La nota deberá ser firmada por el representante del grupo y el firmante se hará responsable de la veracidad de los datos consignados en la misma.

Deberán consignarse los siguientes datos:

·       a) Entidad, Asociación o Localidad a la que representare.

·       b) Nombre del elenco.

·       c) Nombres, apellidos, documento de identidad y domicilio del director o directores.

·       d) Título, autor, traductor (en su caso) y responsable de la versión (si correspondiere); y duración del espectáculo.

·       e) Nómina completa del elenco - intérpretes y técnicos - con documentos de identidad y domicilios.

·       f) Presentará también nómina de reparto, especificando los nombres de los  actores y aclarando el personaje que representan, como así también los del director, responsable de la escenografía, vestuario, iluminación, etc., para la confección del programa correspondiente.

·       g) Reseña del espectáculo.

·       h) 02 Fotografías digitales de ensayos y/o grupo o elenco (jpg)

·       i) Todo otro dato de utilidad para la presentación del espectáculo.

 

ARTÍCULO 2 - DEL REPRESENTANTE

Cada elenco que efectué su inscripción en la XXI MUESTRA DE TEATRO BREVE-2.010 deberá nombrar un representante a quien se le notificará de todo lo relacionado con el grupo que representase. Tendrá la obligación de asistir a todas la reuniones convocadas por los organizadores para tratar asuntos inherentes a la misma. Dejando constancia en la inscripción de su Nombre, Apellido, documento de identidad, domicilio y teléfono.

 

ARTÍCULO 3 - DE LA OBRA.

a)    Podrán presentarse obras breves del repertorio universal, adaptaciones y versiones de las mismas.

b)    La duración del espectáculo no deberá ser inferior a los quince (15) minutos, ni superar los cuarenta y cinco (45) minutos.

c)    La Dirección del Centro Cultural “Holver Martínez Borelli” se reserva el derecho de rechazar la obra propuesta por algún elenco. Lo que se informará en nota dirigida al representante del grupo hasta el 25 de Agosto de 2.010.

d)    Las obras que se representaren en la Muestra deberán tener el carácter de ESTRENO en la ciudad de Salta.

e)    Podrán presentarse espectáculos ya estrenados en carácter de adhesión, quedando su inclusión en la Muestra a criterio de la organización.

f)      Los elencos participantes podrán presentar el espectáculo, luego de la Muestra, en los lugares y fechas que considerasen convenientes.

g)    Cada grupo, elenco, o director podrá presentar más de un espectáculo.

h)    Las obras deberán contar con la autorización y/o inscripción de ARGENTORES.

 

ARTICULO 4 - DE LA REPRESENTACIÓN.

a)    Los grupos podrán realizar sus representaciones en los siguientes espacios: Sala "A" y patios del Centro Cultural "Rector Dr. Holver Martínez Borelli" de la Universidad Nacional de Salta (Alvarado 551), la Sala Mecano de la Casa de la Cultura (Caseros 460), el Salón Auditórium “Dr. Rafael Villagrán (Belgrano 1.349) y la Sala Elías Antar de la Asociación Argentina de Actores (Rivadavia 937), todas de Salta, Capital.

b)    La fecha y horario de actuación de cada grupo se comunicará con cinco (5) días de anticipación a los representantes de cada elenco.

c)    Cada elenco realizará una función en la fecha y horario establecidos por la Organización.

d)    Se exigirá el estricto cumplimiento del horario establecido.

e)    Los grupos contarán con la sala para armado de escenografía, luces, ensayo general, etc., el mismo día de la función, en horario a convenir. Debiendo retirar sus pertenencias al finalizar la misma. En caso de no ser así la Dirección del Centro Cultural “Holver Martínez Borelli”  no se responsabilizará por los daños, destrucción, pérdida, incendio, robo, etc., que pudieran producirse.

f)      Los grupos seleccionados se encargarán de confeccionar una cartelera en el hall de acceso a la sala donde se realice la presentación, para su difusión.

g)    La promoción y propaganda de la presente Muestra, como asimismo la impresión de programas y afiches estará a cargo de la Organización.

h)    Lo recaudado en concepto de bordereaux en cada una de las funciones, una vez deducido los impuestos correspondientes (ARGENTORES), efectuado el pago de gastos de sala y del personal técnico,  será distribuido de la siguiente manera: 90% (noventa por ciento) del total recaudado de cada función para el grupo que la llevase a cabo y el 10% (diez por ciento) restante para la Secretaría de Extensión Universitaria de la Universidad Nacional de Salta. El cupo de la entrada será  el siguiente:

Sala “A” y Patios del Centro Cultural Holver Martínez Borelli, 70 (setenta) localidades.

Sala Mecano de la Casa de la Cultura, 100 (cien) localidades.

Salón Auditórium Dr. Rafael Villagrán, 300 (trescientas) localidades.

Sala Elías Antar de la Asociación Argentina de Actores, 45 localidades.

i)      El precio de la entrada general será de $ 10,00 (diez pesos).

j)      Las entradas serán vendidas en las boleterías de las respectivas salas. El control y fiscalización por la venta estará a cargo de las personas que designe la Secretaría de Extensión Universitaria.

 

ARTÍCULO 5 - DE LA PRESELECCIÓN.

a)    La Dirección del Centro Cultural “Holver Martínez Borelli”  efectuará si lo considerase necesario una preselección de los elencos oportunamente inscriptos, que se llevará a cabo entre los días 24 y 25 de Agosto de 2.010.

b)    Los organizadores seleccionarán los elencos teniendo en cuenta en primera instancia a las obras resultantes del Seminario de Dramaturgia dictado durante el corriente año, con el propósito de fomentar la composición y representación del Teatro Breve, y posteriormente a los demás elencos, considerando: novedades en la propuesta, curriculum, repetición de obras y cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento, entre otras.

 

ARTICULO 6 - DEL TRASLADO.

a)    El traslado de las personas así como de los elementos de escenografía y utilería estará bajo la responsabilidad exclusiva de cada uno de los grupos participantes.

b)    El alojamiento y comida de los grupos del interior estará a cargo de los mismos.

 

ARTÍCULO 7 -

a)    Los organizadores resolverán sobre todo aquello que no está previsto en el presente Reglamento.

 

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