"Escudero: el proyecto de diputados es un mamarracho jurídico"

15/07/2010

En medio de una reñida sesión, la senadora nacional Sonia Escudero (Peronismo Federal) rechazó con duros términos el proyecto de ley con media sanción que posibilita el matrimonio entre personas del mismo sexo que se debate desde este mediodía en el Senado nacional. Entre otras consideraciones, dijo que como consecuencia de un tratamiento expréss el texto resultaba un “marracho jurídico” que, en lugar de conceder derechos, será una norma meramente “declamativa”.


Sostuvo, por otra parte que provocará un verdadero “caos filiatorio ya que el Código Civil argentino se asienta sobre la idea de un matrimonio formado por un hombre y una mujer y aquí no se hizo una reforma integral”.

Sin embargo, la senadora Escudero reconoció que “La sociedad argentina alcanzó un grado de consenso importante en el sentido de que reconoce que hay un número importante de ciudadanos que tienen un problema, que no acceden a ciertos derechos y que, al mismo tiempo, quieren vivir en pareja, en una relación afectiva, que sea reconocida por el Estado, y tener acceso a derechos y obligaciones”.

“Ello me llevó a presentar un proyecto de ley para crear la figura de unión civil, tanto para parejas homosexuales como heterosexuales y así también incorporar la protección a millones de mujeres argentinas que en la Argentina viven en uniones de hecho y que también necesitan de la protección de sus derechos. Pero ese dictamen fue impugnado por el presidente provisional del Senado”, explicó la senadora salteña.

“Nuevamente el oficialismo nos lleva a tratamientos express, al todo o nada, a la división de la sociedad, como si de esto se pudiera sacar algún rédito político. Primero fue la lucha contra el campo, después la lucha contra Clarín, ahora parece que es la lucha contra la Iglesia ”, sostuvo.

Razones para votar en contra

“Esta sanción de Diputados no hizo una reforma integral. Si se aprueba tal como vino estaremos declamando derechos y no concediéndolos porque no se hizo una regulación completa”, argumentó.

“¿Y los derechos de los niños. Parece que a nadie le importa. No se ha estudiado suficientemente el impacto sobre los mismos. Esta decisión apresurada y superficial de la Cámara de Diputados avasalla la Convención Internacional sobre los Derechos de los Niños porque no  garantiza a los niños nacidos en matrimonios entre personas del mismo sexo su derecho a la identidad biológica. ¿Podría el hijo nacido durante el matrimonio de dos mujeres, o reconocido por uno de los cónyuges de un matrimonio de dos hombres, reclamar –según el caso- la paternidad o maternidad biológica de quién él afirmase ser hijo?¿O acaso sólo importa la verdadera identidad de los hijos de Ernestina Herrera de Noble?”

Asimismo, la legisladora detalló que el proyecto legaliza 4 discriminaciones:

1. Da, en lo relativo al apellido de casada, mejores derechos a las mujeres que decidan formar parejas homosexuales que a aquellas que se casan con un hombre, porque las primeras pueden optar por el apellido de familia mientras que las segundas no, discriminando arbitrariamente a las mujeres heterosexuales.

2. Otorga un régimen más beneficioso para las lesbianas que para las mujeres que contraigan nupcias heterosexuales respecto al apellido de los hijos, porque las mujeres lesbianas casadas pueden dar el primer apellido a sus hijos, mientras que los hijos de las mujeres unidas en matrimonio heterosexual llevarán siempre el apellido paterno.

3. Establecer un sistema más beneficioso a los hombres unidos en matrimonio homosexual que a quienes se casan con una mujer en lo que respecta a la tenencia de los hijos, debido a que en las uniones de dos hombres la tenencia de esos hijos se discierne de acuerdo al interés del menor, mientras que en los matrimonios heterosexuales la tenencia de los menores de cinco años es otorgada a la madre.

4. En el caso de menores de 30 años, un matrimonio de personas del mismo sexo podría adoptar al día siguiente de contraer matrimonio, a diferencia de uno heterosexual que tiene que esperar 3 años, a menos que pruebe que no puede procrear.

“Este proyecto parece favorecer a las uniones de personas del mismo sexo, en detrimento de los matrimonios heterosexuales”, concluyó.

Otras Deficiencias

Escudero señaló por otra parte otras deficiencias del proyecto: “Lo más grave es que se “cosifica” al niño, que pasa a ser un objeto cuyos vínculos más esenciales (la maternidad y la paternidad) quedan a merced de la deseos subjetivos de dos personas”.

Asimismo aclaró que “no hay ningún tribunal internacional que haya determinado que los derechos humanos reconocidos por las distintas Convenciones obliguen a equiparar con el matrimonio. Sólo obligan a reconocer las uniones entre personas del mismo sexo y a darles derechos y obligaciones”.

En cuanto a la legislación comparada sostuvo que “los países que avanzaron en el tema de matrimonio primero regularon la fertilización asistida. De 192 países, sólo el 4,7% (9 países) lo reconocen. De ellos algunos prohíben la adopción, PORTUGAL, por ejemplo. Mientras que 18 países aceptan la unión civil”.

“Y en el caso de NORUEGA, BÉLGICA Y HOLANDA que sí aceptan la adopción, se establece que si se trata de adopciones internacionales el menor debe ser proveniente de un país en donde esté legalizada la adopción entre personas del mismo sexo. Están buscando países proveedores, la Argentina podría hacer punta ser en América Latina”, advirtió.

Indicó, por último, que 5 de esos países contemplan la opción de los funcionarios de manifestar una objeción de conciencia. Estos países son: BÉLGICA, CANADA, ESPAÑA, SUDÁFRICA, NORUEGA y SUECIA.

 

 

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