La Hora de la salud en locales bailables

29/06/2010

El Diputado Provincial Guillermo Durand Cornejo presentó ante la cámara de diputados proyectos de declaración, resolución y de ley en materia de salud, educación y desarrollo económico.



En materia de Salud y prevención, Guillermo Durand Cornejo presentó un proyecto de ley denominado “LA HORA DE LA SALUD” que tiene por objetivo crear un espacio de desintoxicación en lo referido a la ingesta de bebidas alcohólicas en locales bailables o boliches, pues suspende el expendio de bebidas alcohólicas desde una hora antes del cierre, intentando así disminuir los efectos que esta intoxicación produce, cambiando así la dinámica de la diversión nocturna con una pausa o descanso donde se proveerá libremente agua; café o infusiones no alcohólicas.-

El proyecto de ley es presentado conjuntamente como proyecto de Ordenanza por Concejales del Frente Salteño para la ciudad de Salta, articulando así un trabajo conjunto entre estos dos poderes del estado provincial y municipal.-

La medida tiende a la reducción del daño potencial que puede crear una situación de intoxicación etílica, máxime cuando se retorna al hogar conduciendo en estado de ebriedad, creándose un gran riesgo social.-

No es del espíritu de la norma propuesta el ser represiva sino positiva, ya que contempla que los locales bailables continúen trabajando normalmente según las normas que regulan su funcionamiento suspendiendo solo expendio de bebidas alcohólicas una hora antes de su cierre.-

“Los jóvenes y adolescentes en la última década concentraron su tiempo de entretenimiento cada vez más en la noche, en estos espacios recreativos, encontramos un gran consumo de  alcohol por lo que es necesario implementar medidas preventivas y de seguridad para una noche más segura. No se trata de prohibir la diversión ni la noche sino de regular su funcionamiento garantizando diversión y no posteriores lamentos”  destacó Guillermo Durand Cornejo.

Quedan comprendidos dentro del ámbito de aplicación del proyecto los locales bailables, pubs, confiterías bailables, discotecas, discos, salas y salones de bailes, clubes, lugares de diversión nocturna y demás locales donde se realicen actividades bailables y/o similares, tanto en lugares cerrados como al aire libre, cualquiera fuere su denominación o actividad principal y la naturaleza o fines de la entidad organizadora, en los que se vendan, expendan o suministren bebidas alcohólicas destinadas a ser consumidas exclusivamente en el ámbito físico en que funcionan.

La presente Ley deberá ser difundida a través de los medios masivos de comunicación, debiéndose asimismo y a efectos de su conocimiento enviar copia a los establecimientos vinculados a la ley.-

Placas Electricas  (Cocinas Electricas)

En los proyectos de resolución presentados se solicitaron al Ministerio de Desarrollo Económico que informe sobre la distribución de placas eléctricas portátiles   colocadas en toda la provincia, incluyendo los costos, nombre y razón social de la firma comercial que provee.

Como dato técnico el pedido de resolución prevé que se detalle las características técnicas de las unidades, marca, potencia, origen de manufactura, y cualquier otro dato de relevancia; incluyendo modalidad y criterio seguido para la entrega de las placas eléctricas a los beneficiados; nomina de las personas beneficiadas de la experiencia piloto, D.N.I., domicilio, grupo familiar que reside con el/la beneficiario/a.-

En el segundo proyecto se solicita al Ministro de Educación informe sobre el Organismo encargado de la ejecución del programa “Una computadora para cada alumno”, incluyendo los objetivos del programa y etapas de ejecución.

Como datos técnicos se requiere en el informe que se detalle sobre el materiales que componen el programa; presupuesto destinado para la adquisición de los unidades, indique costo total de las unidades adquiridas, cantidad, tipo, modalidad de compra, nombre de firma comercial, CUIT, domicilio; características técnicas de las unidades adquiridas, marca, modelo, tipo de garantía que posee y cualquier otro dato de relevancia; nomina de establecimientos educativos beneficiados, domicilio, autoridad a cargo; nomina de alumnos beneficiarios del programa, D.N.I., domicilio, establecimiento al que concurre, año que cursa y por ultimo modalidad de entrega del material a los beneficiarios y criterios seguidos para su selección.

Proyecto de declaración HOSPITAL DE CACHI

En unos de los proyectos el diputado provincial destacó que vería con agrado que el Ejecutivo Provincial arbitre los medios necesarios a fin que se provea al Hospital de Cachi, nosocomio cabecera de la localidad, de un anestesista y un dermatólogo, en atención a la creciente demanda.

 

 

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