Canje de multa por el NO uso de casco

14/06/2010

La concejal Irene Soler perteneciente el Bloque Frente Salteño presentó un proyecto de ordenanza denominado Canje Multa de Casco, en el que se solicita se cree en el ámbito del Tribunal Administrativo de faltas de la Municipalidad de la Ciudad de Salta, un “Registro Municipal de infractores a las normas de tránsito, por el no uso de casco”.

Este proyecto procura que aquellos motociclistas que no tiene su casco y son encontrados por agentes de seguridad vial o transito en la infracción, puedan por medio de la sanción de la multa adquirir el elementos en algún comercio salteño y luego regularizar su contravención con el mismo comprobante de la compra.

Al momento de la infracción el motociclista ingresa en este registro municipal de infractores a las normas de transito por el no uso de casco, en el caso que el mismo reiterara la infracción (no uso de casco) directamente deberá pagar la multa y también asumir las infracciones de los organismos de seguridad vial y transito correspondientes.

“Debemos considerar que las multas en si no tienen un fin recaudatorio sino disuasivo y finalmente sancionatorio, que este proyecto interpreta y respeta acabadamente, ya que tiende a la protección de la vida de los motociclistas y no a recaudar mas” remarcó Irene Soler.

En unos de los artículos el proyecto se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal,  para  que  por intermedio de los organismos pertinentes, suscriba convenios con los comercios que deseen adherirse a la presente Ordenanza para la venta de casco, a los fines de determinar eventuales descuentos o promociones.-

Cabe destacar que el casco protector que deben utilizar los motociclistas, deben cumplir con especificaciones técnicas y los requisitos de seguridad exigidos por las Leyes Municipales, Provinciales y/o Nacionales y con la certificación de calidad de la norma IRAM-AITA 3621.-

Este proyecto busca acompañar y dar marco regulatorio a los ya existentes: la obligatoriedad de equipar con un casco a cada motocicleta que se venda;  la prohibición de expendio de combustible a motociclistas que no tengan casco y el proyecto de ordenanza obligatoriedad de circular con chalecos reflectantes próximo a ser tratados por el Cuerpo deliberante.-

“Esta nueva ordenanza implica un doble beneficio a nuestra comunidad, pues incentiva a quien comete su primera infracción a la adquisición del casco homologado y, una vez que el infractor haya optado por la compra del casco, lo obliga a adquirirlo en un comercio de nuestra ciudad, lo que demuestra una herramienta de incentivo comercial” destacó la concejal Irene Soler

Como ejemplo se puede decir que en la ciudad de San Francisco, Provincia de Córdoba, durante el segundo semestre de 2008, sobre un total de 7.000 multas aplicadas por el no uso de casco por la Policía municipal de Transito, 1.860 infractores canjearon la multa por un casco, lo que hace una relación de uno por casi cuatro infracciones labradas.-

En lo que se refiere al registro se deberán consignar los siguientes datos:
a) Apellido y nombre del infractor (conductor y/o acompañante, por separado).-
b) Documento Nacional de Identidad.-
c) Domicilio.-
d) Chapa patente y nº de motor y chasis.-
e) Número de acta de Constatación. ( día, hora y lugar donde se constata la infracción).-
f) Número de Expediente.-
g) Número de sentencia.-
h) Monto de la multa abonada.-
i) Reincidencias.-

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