Acta de Labor Parlamentaria Cámara baja Provincial

03/05/2010

 

Imagen LA HORA - Los presidentes de los bloques políticos elevan al presidente del Cuerpo Legislativo, Dr. Manuel Santiago Godoy, los proyectos que se tratarán en la Sesión Ordinaria del martes 4 de mayo.

 

SENADO:

Proyecto de Ley -nuevamente en revisión: Modificar el artículo 2º de la Ley Nº 5.110. El proyecto se analiza en las comisiones de Salud; Educación y Legislación General. Exptes. 91-20.272/08 y 91-21.269/08 (acumulados).

DIPUTADOS:

Proyecto de Declaración: Ante la desactualización que existe en los índices de Coparticipación, se proceda a dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 4º de la Ley 5.082 de Coparticipación a los Municipios. Este proyecto se estudia en la comisión de Hacienda y Presupuesto. Con Dictamen. Su autora es la diputada Virginia Cornejo del bloque del Partido Propuesta Salteña. Expte. Nº: 91-23.608/10.

Proyecto de Ley: Licencia extraordinaria por paternidad. Los autores del proyecto son los diputados José Luis Gambetta y Pedro Mellado del bloque Justicialista. El proyecto se analiza en las comisiones de Asuntos Laborales y Previsión Social; y de Legislación General. Con Dictámenes. Expte.: 91-23.491/10.

Proyecto de Resolución: Acompañar el reclamo de los estudiantes para que la tarifa estudiantil tenga vigencia para el servicio de transporte de las líneas troncal y transversal y oposición al aumento del boleto para julio de 2.010. El proyecto se estudia en la comisión de Educación. Con Dictamen. Su autor es el diputado Claudio Del Plá del bloque del Partido Obrero. Expte. Nº: 91-23.702/10.

Proyecto de Ley: Crear, en el ámbito de la Secretaría de Defensa del Consumidor de la Provincia, el Registro de Usuarios Protegidos de la Venta Telefónica. Este proyecto se analiza en las comisiones de Derechos Humanos y Defensa del Consumidor; y de Legislación General. El autor del proyecto es el diputado Guillermo Durand Cornejo. Expte. Nº: 91-23.366/09.

Proyecto de Declaración: Que ve con agrado la inauguración de treinta escuelas ejecutadas por el Gobierno Provincial en el período 2009–2010, en el marco de una política que garantiza la infraestructura educativa indispensable para el desarrollo de la educación pública. Su autor es el diputado Santiago Godoy del bloque Justicialista. Se analiza en la comisión de Educación. Expte. Nº: 91-23.845/10.

Proyecto de Ley: Declarar el 4 de mayo como día de la Defensa de Salta. El proyecto se estudia en las comisiones de Cultura y Deporte; y de Legislación General. Su autora es la diputada Fani Ceballos del bloque Renovador de Salta. Expte. Nº. 91-23.797/10.

Proyecto de Ley: Modificar el artículo 38 de la Ley Nº 6.444 “Régimen Electoral de la Provincia de Salta”. La autora del proyecto es la diputada Cristina Lobo del bloque Justicialista. Se analiza en la comisión de Legislación General. Expte. Nº: 91-23.638/10.

Proyecto de Declaración: Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial arbitre los medios necesarios para la reparación integral de columnas y losas deterioradas en el Hospital San Vicente de Paul de la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán. Este proyecto se estudia en las comisiones de Obras Públicas; y de Salud. Con Dictámenes. Su autor es el diputado Marcelo Bernad del bloque Renovador de Salta. Expte. 91-23.658/10.

Proyecto de Declaración: Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Educación y de la Secretaría de Obras Públicas, realice la ampliación de dos aulas en la Escuela Patricias Argentina de Piquete Cabado, municipio Joaquín V. González, departamento Anta. La autora del proyecto es la diputada Alejandra Navarro del bloque del Frente para la Victoria. Se estudia en las comisiones de Obras Públicas; y de Educación. Expte. N’. 91-23.843/10.

BREVES FUNDAMENTOS

1. El proyecto de declaración que sostiene que ante la desactualización que existe en los índices de Coparticipación, se proceda a dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 4º de la Ley 5.082 de Coparticipación a los Municipios; se fundamenta en la necesidad de que se analice una actualización de la coparticipación a los Municipios de acuerdo a los censos de los años 1990 y 2000, como una medida estricta de justicia y de cumplimiento con el artículo 4 de la Ley 5.082.

2- El proyecto de ley para establecer la licencia extraordinaria por paternidad, expresa que lo que se tiende es a suplir un vacío legal ya que los regimenes y estatutos vigentes no contemplan el hecho de la muerte de la madre en el parto o con posteridad, dejando al recién nacido en un estado de indefensión frente a la obligación del padre de concurrir a su lugar de trabajo. Ante esta situación será este quien deberá asumir toda la responsabilidad de la pérdida, además de la necesidad de disponer de tiempo completo para el afecto, cuidado y asistencia directa al recién nacido.

4- El proyecto de ley para crear, en el ámbito de la Secretaría de Defensa del Consumidor de la Provincia, el Registro de Usuarios Protegidos de la Venta Telefónica; propone defender la privacidad de los individuos y, paralelamente, disuadir el tráfico de datos personales, la norma prohíbe a quienes emplean el telemarketing o venta telefónica dirigirse a los números de teléfono y a los titulares de líneas anotados en ese Registro, y prevé que la reglamentación fijará las sanciones para quienes violen lo ordenado por el texto. Es necesario aclarar que el marketing es una herramienta empresarial valedera para promocionar el comercio, pero no cuando invade la privacidad o provoca molestias al consumidor. En síntesis, numerosas personas muestran interés en no recibir llamados de venta telefónica y actualmente se encuentran prácticamente desamparadas frente a esta agresiva modalidad de venta. Asimismo, la norma reglamentaria dispone que en toda comunicación que se curse con fines publicitarios, deberá indicar en forma expresa y destacada, la posibilidad del titular del dato de solicitar el retiro o bloqueo, total o parcial de su nombre de la base de datos. Si la base de datos hiciere caso omiso al deseo del titular, se abrirá para este la posibilidad de plantear una acción de hábeas data y efectuar las denuncias administrativas correspondientes ante la autoridad de aplicación de la ley, que es la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales.

6- El proyecto de ley para declarar el 4 de mayo como día de la Defensa de Salta sostiene que el Decreto Provincial Nº106 del 19 de setiembre de 1.918, por el que se crea el Panteón de las Glorias del Norte para rendir el homenaje que consagra la apoteosis de los héroes de la Independencia en el teatro mismo de sus operaciones, declara: “Que la Libertad de América tuvo su origen en Buenos Aires, el baluarte de la Independencia fueron las provincias del Norte de la Nación siendo su reducto principal la benemérita provincia de Salta”; ésta no puede quedar al margen de los homenajes del Bicentenario de la Patria, que tanto amaron sus hombres y mujeres y por la que ofrendaron su vida, sus hijos, su patrimonio. Los días 2 y 3 de mayo de 1817 los “Infernales”, con acciones sorpresivas y simultáneas, atacaron a las tropas realistas ocasionando un desbande generalizado, provocando numerosos muertos y heridos, tomando armamento, caballos y víveres. Al atardecer del 4 de mayo, las tropas españolas estaban acosadas por todas partes. Agobiado por una lucha de permanentes emboscadas y guerrilla, sin provisión de alimentos, sin medios de movilidad y enterado de que el Gral. San Martín había cruzado la Cordillera de Los Andes rumbo a Chile, el Gral. de la Serna, derrotado, inició la evacuación de Salta. Por Decreto Nacional del 28 de noviembre de 1.817, el Director Supremo de las Provincias Unidas del Río de la Plata, Gral. Juan Martín de Pueyrredón distinguía al Gobernador de la Provincia de Salta, Don Martín Miguel de Güemes, y “a los valientes defensores de la libertad”, con una medalla, una Estrella Heráldica Militar de seis puntas, diseñada por el Gral. Belgrano, en el mismo estilo que para los vencedores de Humahuaca. Para el Gral. Güemes, toda en oro, para los Comandantes y oficiales, los brazos de la Estrella en oro y el centro de plata, a los Sargentos y cabos, el centro trabajado en hilos de oro y plata. La tropa recibió la misma Estrella en paño blanco para lucir sobre el brazo izquierdo. Todas las estrellas llevaban grabada la inscripción “Al Mérito en Salta” y en el centro la fecha “Año de 1.817”. Esta Estrella Heráldica Militar de la Defensa de Salta de 1.817, simplificada, es el origen del Escudo de la Provincia. La Ley 2.027 estableció el Escudo de la Estrella, como Escudo oficial de la provincia de Salta para honra y gloria de los gestores de su libertad. Por ello reclamamos para la provincia la aprobación del 4 de mayo como Día de la Defensa de Salta, el acto más brillante de la irrepetible gesta güemesiana, sin la cual América no hubiera tenido su Independencia.

7- El proyecto de ley para modificar el artículo 38 de la Ley Nº 6.444 “Régimen Electoral de la Provincia de Salta”; En 1991, Argentina se transformaba en el primer país del mundo en instituir cuotas electorales por género de carácter legal, ideando un mecanismo innovador de acción afirmativa. A partir del año 1998, mediante la modificación de la Ley Provincial 6.444 de Régimen Electoral, la provincia de Salta estableció cuotas de cupo femenino en las listas electorales, para efectivizar la participación política de las mujeres salteñas. El modificado artículo 38 de dicha ley establece que las listas no podrán incluir más del setenta por ciento (70%) de personas del mismo sexo, debiendo ubicarse cada dos candidatos de igual sexo, uno (1) como mínimo del otro sexo, alternando desde el primero al último lugar en el orden numérico. Si bien la legislación vigente pudo haber significado en aquel momento un avance en la participación política de las mujeres, hoy en Salta esa conquista se ve diluida, por cuanto no significa ni garantiza la igualdad de oportunidades de acceso de las mujeres a la representación política. Basta analizar la composición actual de las Cámaras Legislativas de Salta: solo un 39,7% de ambos cuerpos legislativos corresponde a la representación femenina. En Salta existe un panorama bastante desalentador a la hora de analizar la representación de las mujeres en la Legislatura Provincial, tanto en la representación política como en la representación institucional. Lo que implica desigualdad en la representación de las mujeres, un retroceso en su participación y una falta de cumplimiento del espíritu del llamado cupo femenino. Con este proyecto de ley se solicita el compromiso por parte del Estado, en este caso el Poder Legislativo, por lograr un acceso igualitario y efectivo de las mujeres a los cargos de decisión, esperando que dicha participación posibilite un avance en la lucha por la defensa y protección de los derechos de las mujeres salteñas.

9- El proyecto de declaración que manifiesta que vería con agrado que el PEP, a través del Ministerio de Educación y de la Secretaría de Obras Públicas, realice la ampliación de dos aulas en la Escuela Patricias Argentina de Piquete Cabado, municipio Joaquín V. González, departamento Anta; pretende impulsar soluciones para las realidades de dicho establecimiento educativo, puesto que se ve limitada por la falta de espacio para la recepción de un número mayor de matrícula de alumnos, desbordado ante el elevado incremento de la misma; teniendo en consideración que al ser una escuela rural, y al no poder recibir a más niños de la comuna, éstos deben viajar a las localidades vecinas para poder recibir una educación básica, corriendo todo tipo de riesgos, que implica el transito en las rutas con alto número de vehículos, y/o sumado al coste de viajar de un lugar a otro.

 

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