Solicitan auditar el proceso de adjudicación de la obra

20/03/2010

La diputada provincial Virginia Cornejo (PPS) presentó un proyecto de Resolución por el cual se solicita a la Auditoría General de la Provincia que “realice un análisis integral del proceso de adjudicación de la obra de la Colectora Máxima y Planta Depuradora de la Zona Norte” de nuestra ciudad.


Corresponde a la licitación pública 06/09, con un presupuesto oficial de $ 49.086.565, iniciada el abril de 2009 y con dictamen de la Comisión de Preadjudicación en dos instancias a favor de la UTE NOROBRAS-CONEVIAL por cumplir con los requisitos técnicos y ser económicamente la oferta más conveniente.

No obstante, mediante Resolución 41/10 del Ministerio de Finanzas y Obras Públicas, la obra fue adjudicada a la empresa Ingeniero Medina S.A. Dado que existen algunas inconsistencias entre los informes de la Comisión de Preadjudicación y se ha informado de presiones recibidas, la diputada Cornejo solicita se audite el proceso de licitación y adjudicación en forma previa a la firma del contrato correspondiente.

El pedido incluye, además de auditar integralmente el proceso de licitación de la obra para la colectora y planta depuradora de la zona norte, se analice la ejecución de la obra de la escuela en Volcán Higueras, ejecutada por la empresa CONEVIAL, a efectos de conocer si resulta correcta o no la adjudicación realizada.

Fundamentos

“Por Dcto. 1727/09 se aprobó el acuerdo marco firmado entre el Ente Nacional de Obras Públicas de Saneamiento y la Provincia de Salta en el cual las partes se comprometen a llevar adelante todas las acciones necesarias para la ejecución de la obra “Colectora Máxima y Planta Depuradora Zona Norte”

Por Resolución del Ministerio de Finanzas y Obras Públicas se autoriza el llamado a licitación con un presupuesto oficial de $ 49.086.565,55

En dicha licitación participaron las firmas MEI OBRAS Y SERVICIO, ING MEDINA S.A., UTE DYCASA S.A.- INCOVI S.R.L., JCR S.A., RIVA S.A.I.I.C.F.A, HOMAQ S.A. y la UTE NOROBRAS C.C. S.A. – CONEVIAL S.R.L.

Con fecha 28/05/2009 se realiza el acta de apertura de las ofertas presentadas. Con fecha 13/07/2009 se realiza la apertura de los sobres con las propuestas económicas de todas las empresas.

Analizando los antecedentes, vemos que en el proceso licitatorio se dan las siguientes situaciones:

Luego de analizados los antecedentes, la Comisión de Preadjudicación aconseja adjudicar la misma a la UTE NOROBRAS-CONEVIAL SRL por cumplir con los requerimientos técnicos necesarios y ser además, económicamente la más baja.

Se observa que la empresa Ing. MEDINA SA, la cual había sido desestimada en la apertura de los sobres Nº 2, presenta un Recurso por el cual rechaza los argumentos de su desestimación e impugna la oferta de la UTE NOROBRAS-CONEVIAL SRL sustentándose en que en la misma no se dio cumplimiento a los sub- anexos 10.a, 10.c, 10.d y 10.e del análisis de precio, argumento éste que fue totalmente desestimado por la Comisión de Preadjudicación, sosteniendo que se dio acabado cumplimiento a dichos requisitos.

Como consecuencia de éstas impugnaciones, la Comisión de Preadjudicación vuelve a aconsejar que la obra sea adjudicada a la UTE NOROBRAS-CONEVIAL SRL.

La empresa Ing. MEDINA SA impugna nuevamente lo aconsejado por la Comisión de Preadjudicación, y argumenta como nuevo elemento que la UTE NOROBRAS-CONEVIAL SRL no dio cumplimiento al artículo 8, punto 1.10 y 1.11, consistente en que al momento de la licitación se debió presentar el formulario de Declaración Jurada, por la cual las empresas expresan no tener obras paralizadas, ni en proceso de rescisión ni rescindidas con el Estado, y que la empresa CONEVIAL SRL tenía paralizada la obra denominada “Construcción Escuela Albergue Nº 4446 – Volcán Higueras”, a la fecha de la licitación.

Con éstos argumentos, por Resolución Nº 41 del Ministerio de Finanzas de Obras Públicas del 4/02/10 se decide desestimar la oferta de la UTE NOROBRAS-CONEVIAL SRL y adjudicarle a la firma Ing. MEDINA SA, cuya oferta era mayor a la de la oferente aconsejada por la Comisión de Preadjudicación en aproximadamente 4 millones de pesos ($4.000.000).

Por antecedentes presentados a distintas Cámaras, cuyas copias obran en mi poder, se advierte que el proceso de desistimiento o su razón de la UTE no podría ser tal como la explicitada en la Resolución, ya que supuestamente existieron interferencias en el proceso de Adjudicación que motivaron la intervención directa del Sr. Gobernador, donde sin perjuicio de ello, existirían elementos no confirmativos de la razón del desistimiento de la mejor oferta, lo que causaría un perjuicio económico grave a la Administración Central.

Ante ello se considera imprescindible analizar todo el expediente licitatorio y las actuaciones administrativas que desembocaron en la decisión del Sr. Ministro para rechazar la oferta presentada por la UTE NOROBRAS-CONEVIAL SRL, ya que las observaciones como elemento decisorio para rechazar lo aconsejado en dos oportunidades por la Comisión de Preadjudicación, no se ajustarían a Derecho e irían en contra del interés del erario público.

Por todo esto, por ser una Obra de un monto considerable como son $ 40.347.271,53, y donde no queda claro las actuaciones tanto de la Comisión de Preadjudicación, como de la autoridad superior, por todos los considerandos expuestos, se advierte como necesaria la suspensión de la adjudicación y firma del contrato hasta tanto no se realice por parte de la Auditoría General de la Provincia un análisis integral del proceso de adjudicación y la validez de los argumentos esgrimidos para rechazar la oferta más conveniente económicamente por otra que implica una erogación superior a los $ 4.000.000”.

Fte Prensa PPS

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