Proceso de notificación a los vehículos que se dieron de oficio de alta y no pagan tributos
19/01/2010
La Municipalidad informó que se encuentra en el proceso de notificación a los dueños de vehículos que se dieron de alta de oficio, ya que estaban asentados solamente en el Registro Nacional de Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios y no en la Municipalidad, por lo que tampoco estaban tributando. En esta condición, según una resolución emitida Rentas en octubre pasado, se encuentran 15.047 vehículos, entre autos, motos y otros rodados.
Desde Hacienda se informó que la notificación se dificulta, porque no está claro el domicilio de los contribuyentes. Esta oficina aseguró que las personas que están en falta, en muchos casos se enteran que fueron dados de alta de oficio cuando van a realizan algún trámite de titularidad o en el Registro del Automotor.
La Municipalidad informó que si la persona va a regularizar su situación antes de que sea notificado, pagará menos intereses. En caso de que acudan a las oficinas de Rentas luego de la notificación serán multados.
El convenio
La Dirección General de Rentas de la Municipalidad tiene un convenio con el Registro Nacional de Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios, con lo cual el entrecruzamiento de datos entre las dos administraciones es constante. Esto permite a la comuna saber cuáles son los vehículos que están asentados en el registro nacional, pero que por alguna razón no figuran en los registros municipales, y por lo tanto no pagan tributo alguno.
La Municipalidad comenzó a aplicar este procedimiento, de dar el alta de oficio, mediante la resolución general Nº 051/09, que empezó a regir en octubre del año pasado. Desde Rentas se informó que hasta ahora ya se dieron de alta de oficio a 15.047 vehículos, por lo que se instó a estas personas a acercarse a las oficinas de Rentar y normalizar su situación tributaria. En caso de ser necesario deberán presentar la documentación para hacer un descargo, al alta de oficio, si correspondiera.
La Resolución
La resolución general Nº 051/09 indica en su artículo 6º que “en caso de que los contribuyentes, responsables y/o terceros no cumplan con la registración de los vehículos en el Municipio de Salta Capital, ya sea por cambio de radicación, inscripción inicial y/o recupero por robo hurto; y debido al cruzamiento de información con la base de datos del Registro Nacional de Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios se observen tales circunstancias, el Organismo Fiscal mediante la autoridad competente procederá a efectuar el alta de oficio de tales vehículos, desde la fecha que figura en dicho registro, siendo pasible de las sanciones previstas en el Código Tributario Municipal”.
La misma Resolución, también indica en su artículo 1º que “una vez cumplimentado los trámites pertinentes en los Registros de Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios, la Dirección General de Rentas procederá a la liquidación del Impuesto a la Radicación del Automotores, tasa de Protección Ambiental y la Tasa de Actualización Administrativa, según corresponda, previa clasificación de los mismos, según el grupo, la categoría y la fecha de alta en el tributo, tomando como base los datos suministrados por la Dirección Nacional de Registros de la Propiedad del Automotor”. Por su parte, el artículo 2º establece que “los vehículos serán categorizados de oficio en el grupo I, a excepción de los camiones, chasis con cabina, tractor de carretera y otros con características similares, que corresponden al grupo II; colectivos, ómnibus, micro ómnibus, que correspondan al grupo III, todos los incluidos en el grupo IV; todos los que incluidos en el grupo V y todos los incluidos en el grupo VI, sin presentación de documentación alguna, y se clasificarán en la categoría correspondiente según las especificaciones establecidas en la Ordenanza Tributaria Anual”.
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