Relevamiento obligatorio de Radio y TV

11/01/2010

Sr. Director

La Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual dispuso el relevamiento obligatorio de los servicios operativos de radiodifusión sonora (AM y FM sin autorización) y de licencias, autorizaciones, Permisos Precarios Provisorios; como así también el ordenamiento de los servicios de televisión de baja potencia y la reglamentación del registro de señales.


A este fin deberán presentarse las personas de existencia visible o de existencia ideal, de derecho privado, con o sin fines de lucro que se encuentren operando servicios de radiodifusión sonora y completar formularios que figuran como Anexos en la pagina del organismo www.afsca.gov.ar

Todas las presentaciones deberán efectuarse entre los días 15 de enero al 15 de marzo de 2010 en la sede del AFSCA, sita en la calle Suipacha 765 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en la Delegación Salta sita en calle Vicente López 97, 2do. Piso Of. D y E de esta ciudad (en el horario de 9 a 13 hs).

SALTA, 11 de enero de 2010.

dr. OSVALDO A. MURUA   DELEGADO AFSCA SALTA

 

 

 

 

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