AFIP controlará a los consumidores que gasten más de $3.000 con tarjeta

29/12/2009

La medida regira a partir de enero, la Administración Federal de Ingresos Públicos hará un control impositivo a los pagos de más de $3.000 que se realicen con tarjeta de crédito. El organismo implementó la medida a través de la resolución 2.743/09, dada a conocer hoy en el Boletín Oficial.

Las compañías administradoras de sistemas de tarjeta de crédito deberán informar mensualmente a la AFIP: los locales adheridos, las tarjetas emitidas localmente y como en el exterior y el detalle de las operaciones abonadas con tarjeta de crédito, débito y/o compra.

Una vez analizados los datos aportados, el Fisco podrá confrontar el nivel de vida que surge de los consumos informados contra lo declarado en el Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales. El objetivo es procesar toda la información recibida y fiscalizar los casos en donde se detecten notables incongruencias.

En relación al detalle de los consumos, la norma establece que las empresas emisoras de plásticos deberán suministrar los datos “cuando la sumatoria de las operaciones canceladas con las tarjetas utilizadas por cada titular, más las utilizadas por adicionales y/o beneficiarios de extensiones sea igual o superior a $ 3.000 mensuales”.

De tratarse de titulares de tarjetas de crédito emitidas en el exterior, la AFIP también solicitará: CUIT del país al que pertenece la entidad financiera emisora. CUIT del o de los comercios en los cuales se realizaron las operaciones.

El envío de datos deberá cumplirse aún cuando en un período no existan operaciones a declarar.

 

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