Préstamos a jubilados

10/09/2009

Viene resultando habitual que los jubilados recurran crecientemente al uso de préstamos dinerarios,  mediante sociedades de hecho, cooperativas de crédito y mutuales con la garantía de descontar las cuotas a través del recibo del beneficio jubilatorio.

La secretaría de Defensa del Consumidor advierte a los jubilados tomar ciertas medidas de precaución y a hacer las consultas o denuncias correspondientes en nuestro organismo.

Optar por entidades reconocidas y que tengan una sucursal en la provincia de Salta.

Averiguar cuáles son todas las condiciones de crédito y que se lo manifiesten por escrito. Es habitual la insuficiente información al respecto.

Prestar atención a la letra chica, a la eventual firma de pagarés, formularios de adhesión en términos casi incomprensibles y a conceptos llamados “gastos administrativos” que luego incrementan notablemente el valor de la cuota.

El jubilado, beneficiario de un préstamo, no está obligado a asociarse a una entidad solidaria, como condición sine qua non.

No acepte la primera opción por urgencia, el INAES Instituto Nacional de  Asociativismo y Economía Regional dictó una nueva normativa para todo el país para corregir estos abusos.

Se recomienda consultar al 0800 555 3332 sobre las consideraciones de esta normativa que protege a la clase pasiva y se insta a los jubilados a no dudar en hacer la denuncia en España 1350.

 

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