La UCR deberá ir a elecciones internas abiertas y simultáneas

24/05/2009

El Tribunal Electoral mandó a la Junta Electoral de la Unión Cívica Radical que adopte las medidas conducentes para permitir la participación de los distintos sectores al resolver hoy un planteo presentado por los apoderados de la lista “Movimiento Interno Reafirmación Alfonsinista” planteando la nulidad de las resoluciones 02/09 y 06/09 de la Junta Electoral interna de esa fuerza política.


La presentación que firmaron los apoderados Susana Gispert y Diego Wilde, cuestionaba las medidas adoptadas internamente en la UCR local que limitaban la participación en el proceso de elecciones internas, abiertas y simultáneas según la ley 7335. El escrito fue presentado en forma previa a que expirara el plazo para la presentación de listas, plazo que venció hoy a las 20.

Mediante la resolución 02/09 de la Junta Electoral de la UCR, se imponía en concepto de aporte solidario un monto a abonar de cincuenta mil pesos para las listas que nominaran candidatos en el departamento Capital, otros cuarenta mil pesos para el departamento General Güemes y treinta mil para los restantes municipios y departamentos de la Provincia. La resolución 06/09 en tanto, dejó sin efecto el aporte solidario para las listas del departamento Capital por entender que al haberse formado un frente electoral para actuar en ese ámbito, carecía de facultades para tomar este tipo de medidas.

“El llamado ‘aporte solidario’ aparece como un intento de disuadir a aquellos que quieren participar en elecciones internas y permite que la voluntad de los ciudadanos habilitados para votar en los comicios, sea sustituida por el arbitrio exclusivo y excluyente de un organismo partidario, por lo que corresponde declarar la nulidad de la resolución 02/09”, afirmó el Tribunal Electoral.

Sostuvo además el Tribunal Electoral provincial que “en el caso del dictado de las ley de internas abiertas y simultáneas el espíritu que animó al legislador fue que los partidos cumplan acabadamente con el mandato constitucional de ser instituciones fundamentales del sistema democrático”.

Y agregó en su resolución que “de mantenerse la validez de la resolución, se estaría afectando no sólo el derecho de ser elegido que ostente cualquier afiliado con interés en participar y competir internamente en la vida de la agrupación política, con legítimas aspiraciones de ser su candidato para las elecciones generales, con el respaldo de los afiliados y de los no afiliados, sino también el derecho a elegir puesto que la intención de los ciudadanos que voluntariamente deseen participar en la vida interna del partido y apoyar con su voto a la lista interna o al precandidato que resulte de su preferencia, viene a quedar relegada ante la voluntad omnímoda y excluyente del organismo partidario”.

Citó asimismo jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el sentido que “en materia electoral, de todas las interpretaciones posibles, debe prevalecer aquella que permita la mayor participación, procurando así evitar que se vean frustradas las expectativas de los ciudadanos de elegir y ser elegidos”.

Como se sabe, las elecciones internas abiertas y simultáneas se realizarán el 12 de julio próximo. Fueron convocadas por decreto 1340 del Poder Ejecutivo, modificado por decreto 1647.

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