La Corte de Justicia resolvió revocar la suspensión de la titularización docente

13/02/2009

La Corte de Justicia de Salta hizo lugar a sendos recursos de apelación presentados contra la acción cautelar que suspendió el proceso de titularización docente que llevaba adelante la Junta Calificadora de Méridos y Disciplina. Para resolver el Alto Tribunal puntualizó la ausencia de una razón jurídica suficiente que sustentara la suspensión de las titularizaciones.


Sostuvo en su fundamentación que “frente al próximo inicio del período lectivo 2009, la medida cautelar dispuesta compromete seriamente el cumplimiento por parte del Estado de su función social prioritaria e insoslayable en materia de educación pública garantizada a los habitantes por la Constitución Provincial”.

 

“Entre el daño individual temido por los amparistas y la urgencia notoria e impostergable de la sociedad por satisfacer sus intereses comunes, debe ceder la mera probabilidad del derecho individual y el peligro de perjuicio que ella protege”, citó además la Corte de Justicia.

Los recursos de apelación contra la medida cautelar decretada por la jueza de Primera Instancia del Trabajo 5, Mirta Marcó quien tramita el recurso de amparo de los docentes, fueron interpuestos por el Ministerio de Educación y la Fiscalía de Estado. El amparo fue presentado por docentes que buscaban su inclusión en la nómina del cuadro de aspirantes a titularizar para el período lectivo 2009.

La Corte de Justicia sostuvo en otro tramo de su resolución que “el solo cuestionamiento del actuar de la administración no alcanza para derivar de ella, tácitamente, su arbitrariedad o ilegalidad” y puntualizó más adelante que “al margen del juicio de valor que oportunamente se adopte respecto de la actuación estatal tachada de arbitraria, no resulta factible tener por acreditada la verosimilitud del derecho invocado con las constancias de la causa, en la medida suficiente que permita sostener una omisión abusiva o ilegítima por parte de la demandada, en tanto actuó en base a la normativa vigente y a través de los órganos con competencia para ello”.

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