Amplian beneficios para embarazadas y madres privadas de su libertad

21/01/2009

Las mujeres embarazadas, las que tengan hijos menores de cinco años o un discapacitado a su cargo y los enfermos o discapacitados detenidos en lugares no adecuados para su estado podrán acceder al beneficio de la prisión domiciliaria, según una normativa que entró en vigencia hoy.

La reforma a la ley de ejecución de la pena privativa de la libertad, sancionada en diciembre por el Congreso Nacional, fue publicada hoy por el Boletín Oficial, con lo que entró en vigencia.

Hasta ahora, el beneficio de la prisión domiciliaria regía sólo para los mayores de 70 años y quienes padecían una enfermedad incurable en período terminal, lo que continúa en vigencia. La nueva ley, la 26.472, extiende el beneficio a las personas enfermas cuando "la privación de la libertad en el establecimiento
carcelario le impida recuperarse o tratar adecuadamente su dolencia y no correspondiere su alojamiento en un establecimiento hospitalario".

Igual trato podrán recibir los discapacitados cuando su detención "es inadecuada por su condición implicándole un trato indigno, inhumano o cruel", señala el texto. Para las mujeres, la prisión domiciliaria se podrá conceder cuando esté embarazada o sea "madre de un niño menor de cinco años o de una persona con discapacidad, a su cargo".

Se trata de un beneficio ya otorgado con anterioridad por vía de fallos judiciales que concedieron libertades en base a que la cárcel no es un lugar apropiado para el crecimiento de un menor de edad, pero sosteniendo que no puede ser separado de su madre.

La prisión domiciliaria no se otorgará en forma automática, sino que esto es facultad de los jueces, y en los casos de enfermos y discapacitados, "deberá fundarse en informes médico, psicológico y social", señala la reforma.

Los jueces también podrán "disponer la supervisión de la medida a cargo de un patronato de liberados o de un servicio social calificado" y "en ningún caso, la persona estará a cargo de organismos policiales o de seguridad".

Esta ley fue aprobada por el Senado a mediados de diciembre pasado, en una sesión en la que el presidente de la Comisión de Justicia, Rubén Marín, sostuvo que las cárceles "no cuentan con estructura acorde, personal capacitado ni con las condiciones aptas para criar a los bebés".

Tampoco "para paliar las enfermedades extremas de algunos internos o para evitar que los presos discapacitados caigan en condiciones inhumanas o crueles", añadió.

En esa sesión el jefe de la bancada oficialista, Miguel Angel Picheto, pidió a los jueces que apliquen la norma interpretando el espíritu de la ley y no le otorguen el beneficio a mujeres que haya cometido delitos violentos, como homicidios y asaltos a mano armada.

Télam

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