Registro Civil y Ministerio Público agilizan el intercambio de información de filiación de menores

02/09/2019

Un sistema informático interno eliminará los envíos vía mail y papel y dará mayor celeridad a los trámites entre los organismos. El personal será capacitado sobre el protocolo dispuesto.

El intercambio de información entre la Subsecretaría del Registro Civil y el Ministerio Público Pupilar se hará a través de un sistema informático interno que comenzaría a ser utilizado a mediados de este mes. Los organismos trabajan en sintonía para garantizar el derecho a la identidad de niños y niñas inscriptos sin filiación paterna.

Un acuerdo firmado el año pasado por el ministro Marcelo López Arias y la asesora general de Incapaces, Mirta Lapad, estableció el envío de partidas de nacimiento sin filiación paterna por correo electrónico y con firma digital. “Debido al crecimiento del intercambio de información el envío por ese medio quedó obsoleto, por lo que la creación de un sistema único se hizo necesaria”, señaló el subsecretario del Registro Civil, Matías Assennato.

En una reunión que hoy tuvo lugar en el Ministerio Público se presentaron las actualizaciones hechas al procedimiento desarrollado por la Dirección de Informática del Ministerio Público Pupilar para la remisión de actas de nacimiento y reconocimiento de filiaciones.

Con esta nueva forma de comunicación interna, el envío de la documentación tendrá un canal y protocolo específico, “optimizando de manera significativa el proceso”. Permitirá un trabajo más ordenado y un seguimiento más personalizado de los expedientes, evitando la fuga de información.

El titular del Registro Civil comentó que en los próximos días comenzarán las capacitaciones para que los agentes del organismo aprendan a manejar el sistema que establece el siguiente procedimiento: el Ministerio Público solicita al Registro Civil el envío de actas mediante un oficio que queda registrado en el sistema, el organismo provincial responde al mismo enviando la información correspondiente y posteriormente el Ministerio Público interviene en el reconocimiento de la filiación única y en caso de ser favorable notifica al Registro Civil para que se proceda al reconocimiento y filiación de ambos padres.

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