Ordenan cubrir un tratamiento de rehabilitación neuromuscular

16/01/2015

La cobertura deberá extenderse durante un año, luego de lo cual y a la luz de los informes a cargo de la atención se deberá evaluar la conveniencia y alcance de la continuidad del tratamiento.

El juez de la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, Marcelo Domínguez, ordenó al Instituto Provincial de Salud de Salta la cobertura integral de los costos de un tratamiento de rehabilitación neuromuscular de un joven con esclerosis múltiple. Al resolver la acción de amparo, el magistrado ordenó que la cobertura se ajuste al plan de trabajo presentado por la profesional interviniente y de conformidad a lo establecido por la ley nacional 24901, resolución 2032/12 del Ministerio de Salud de la Nación y ley provincial 7600.

La cobertura deberá extenderse durante un año, luego de lo cual y a la luz de los informes a cargo de la atención se deberá evaluar la conveniencia y alcance de la continuidad del tratamiento.

Recordó el juez que la Corte Suprema de Justicia en materia de cobertura médica de discapacidades ha interpretado que es obligación del Estado Nacional garantizarla con acciones positivas. “Nuestra Constitución Nacional contiene en el artículo 75 inciso 23, un mandato de acción muy fuerte a favor de la protección de las personas discapacitadas, en orden a la realización de acciones positivas para facilitar el mayor nivel de integración social que puedan alcanzar conforme a su situación. Además, el Congreso Nacional sancionó -en agosto de 2000- la Ley 25.280, por la que se aprobó la Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad.”

Recordó además que el joven tiene esclerosis múltiple, una enfermedad consistente en la aparición de lesiones desmielinizantes, neurodegenerativas y crónicas del sistema nervioso central que suele afectar a personas entre los 20 y 45 años de edad. El joven progresivamente ve limitadas sus posibilidades motoras y en la actualidad se desplaza valiéndose de una silla de ruedas.

Los tratamientos son costosos, aspecto sobre el cual reparó el juez que no tendría una gravitante significación para la obra social, pero sí para sus padres.

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